EXPOSICION TITULOS DE CREDITO
TITULOS DE CREDITO
Concepto:
El pago es un acto jurídico consensual
consiste en el cumplimiento de una
obligación de dar, de hacer o no hacer,
que se ejecuta con la intención deextinguir una deuda preexistente.
Característica del pago…
El pago del título de crédito se
debe realizar a contra entrega del
principio
de incorporación. Si no se
documento, atento al
recibe eldocumento contra el pago
del mismo, se corre el riesgo de
doble pago ante nuevo adquirente
de buena fe, debido al principio de
circulación del mismo, por lo que el
pago no debe hacerse con
descuido.La propia Suprema Corte de
Justicia de la Nación, en tesis
jurisprudencial de 1996 asentó que
la obligación de un tenedor de una
letra de cambio debe entregarla
cuando se cubriera el pago
Tiposde
pago…
DIRECTO: Cuando lo hace el aceptante o
sus avalistas.
INDIRECTO: Cuando lo hace cualquier otro
obligado.
Según la vía el pago puede ser voluntaria y
forzada según intervenga el órganojurisdiccional.
Lugar en que debe hacerse el pago de los t ítulos de cr édito.
En primera instancia lo será el señalado en el
documento y si se consignaren varios en el
documento, el que leresulte más conveniente al
acreedor, según el dispositivo 77 de la ley de la
materia.
Si no se señala en el documento se entiende que lo
será el del domicilio del obligado principal. Si existen
variosobligados, en el domicilio de cualquiera de
ellos, a elección del tenedor, de acuerdo con el
numeral 126 de la ley de títulos de crédito.
Modalidades
del pago en materia
cambiaria: Pago total oparcial de
el pago es total,
debe
hacerse a
un Sicontra
título
de
crédito.
entrega del documento,
liberándose la obligación del
deudor y siempre que éste se
cerciore de la identidad del último
tenedordel título de crédito y de
que la cadena de endosos no haya
sido interrumpida.
Si el pago es parcial, también
quedó establecida la obligación
del tenedor a recibirla, pero no
entregará el título...
Regístrate para leer el documento completo.