Guia basica para importar a CR
CÁMARA DE COMERCIO DE COSTA RICA
La Cámara de Comercio de Costa Rica por medio del departamento de asesoría técnica pone a
disposición la siguiente guía básica, en la cual se detalla a grandes rasgos los pasos a seguir para
realizar una importación, cumpliendo con las formalidades aduaneras del Ministerio de
Hacienda mediante el Servicio General de Aduanas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de
Agricultura y Ganadería, demás instituciones gubernamentales y Auxiliares de la Función Pública
(Depositarios Aduaneros, Transportistas, entre otros).
TRÁMITES PREVIOS A LA IMPORTACIÓN
1. Seleccionar una Agencia de Aduanas
De conformidad con el Artículo 33 de la Ley General de Aduanas, el agente aduanero es
el único autorizado por el Ministerio de Hacienda para prestar los servicios a terceros en
los trámites y operaciones aduaneras.
2. Determinar la documentación necesaria para el inicio de la Importación
‐
Conocimiento de Embarque: Este documento contiene el contrato realizado entre el
remitente y el transportista de las mercancías. A este tipo de documento se le conoce
como BL (Bill of Landing) cuando el medio de transporte es marítimo, Guía Aérea cuando
la mercadería se transporta por la vía aérea o Carta de Porte cuando es terrestre. (La
carta de porte debe ir acompañada por el manifiesto de carga). Dicho documento debe
estar debidamente fleteado1.
‐
Factura Comercial: Es un documento mercantil que funciona como título ejecutivo
contra el deudor, por medio del cual el vendedor establece las condiciones de la venta al
comprador. Además funciona como un contrato de venta, lo cual significa una cesión de
la mercadería al comprador. Si la factura comercial se encuentra en un idioma diferente
al español debe estar acompañada de una traducción, según artículo 317 del
Reglamento de la Ley General de Aduanas. En la factura comercial se indica el término
INCOTERMS respectivo (FOB, CIF, EXW, etc.)
Dicho documento debe estar firmado al dorso de la ultima página por el represente legal
de la empresa, después de la declaración jurada del importador.
“El suscrito Jesús Pérez Porras. En calidad de representante Legal de mayor, casado,
Cédula 1‐428‐204, vecino de San José. Declaro bajo Fe de Juramento y conociendo las
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Monto correspondiente de pago por el transporte de la mercancía.
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GUÍA BÁSICA PARA IMPORTAR
CÁMARA DE COMERCIO DE COSTA RICA
sanciones establecidas en el Código Penal, referidas al delito de Falso Testimonio que la
presente factura es Original y corresponde a la importación realizada por Los Olmos S.A.
Cédula No 3‐101‐401020‐22 y el precio anotado en ella es real y exacto.”
‐
Declaración Aduanera del país exportador: Según modificación de la ley General de
Aduanas en el artículo 86; “En todos los casos, la declaración aduanera deberá venir
acompañada por el original de la factura comercial, un certificado de origen de las
mercancías emitido por la autoridad competente al efecto, cuando sea procedente, y
una copia de la declaración oficial aduanera del país exportador, que incluya el valor real
de la mercancía, el número y monto de la factura, el número del contenedor, el peso
bruto y neto, y el nombre del importador.
‐
Declaración de valor: la presentación del la Declaración de Valor no es obligatoria
cuando se trata de importaciones realizadas por el Estado, las municipalidades,
organismos o entidades que están exentas del pago de derechos e impuestos,
importaciones con fines no comerciales, ...
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