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Páginas: 6 (1479 palabras) Publicado: 4 de abril de 2013


[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Marzo de 2009; Pág. 2757

; Registro: 167 711
Numero de Tesis: I.7o.C.123 C


GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES,CONDICIONES DEL LUGAR DONDE SE EJERZA.




Al decretar la guarda y custodia de menores a favor de alguno de los divorciantes, desvinculada de la patria potestad en razón del interés superior del menor o porconvenio, el juzgador deberá contar con los elementos que le permitan advertir que el lugar donde se ejerza sea lo más favorable posible para el mejor desarrollo de los derechos y obligaciones de cuidado, corrección, formación física y espiritual de los menores, debiendo procurar que se ejerza en un lugar donde la persona a quien se decretó goce de las atribuciones, respeto y autoridadpara llevar a cabo las acciones orientadas a lograr mejor esos fines. En cambio, si de actuaciones no se advierten esos elementos, la autoridad judicial, en ejercicio de sus facultades para intervenir en asuntos familiares, deberá recabar las pruebas que estime pertinentes para la mejor solución del asunto con audiencia de las partes.SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.



Amparo en revisión 347/2008. 28 de enero de 2009. Mayoría de votos.Disidente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Benjamín Garcilazo Ruiz.



[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXI, Marzo de 2005; Pág. 1135; Registro: 179 021
Numero de Tesis: I.11o.C.116 C


GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES DE DOCE AÑOS. NO PROCEDE MODIFICARLA A FAVOR DE LA MADRE, CUANDO NO SE ACREDITE EN AUTOS QUE LAS CIRCUNSTANCIAS POR LAS CUALES SE FIJÓ A FAVOR DEL PADRE HAYAN CAMBIADO.El artículo 282, fracción V, del Código Civil para el Distrito Federal establece, por una parte, que los cónyuges de común acuerdo pueden designar la persona que tendrá la guarda y custodia de los menores y, por otra, señala que salvo peligrograve para el normal desarrollo de los menores de doce años deberán quedar al cuidado de la madre. Ahora bien, cuando la madre conviene de común acuerdo con el padre que la guarda y custodia del menor la tenga este último, debido a que no tiene recursos y un lugar para tenerlo, aquélla para recuperarla, tiene que demostrar que las condiciones bajo las cuales se encontraba al momento en que leentregó el menor al padre han cambiado, o que el menor corra un grave peligro en su desarrollo, de lo contrario no existe motivo o circunstancia alguna por la cual amerite cambiar al menor a otra realidad social, si de autos se advierte que se encuentra bien emocional y económicamente, y que no le ocasiona ningún perjuicio que se encuentre bajo el cuidado y vigilancia de su padre....
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