indemnizacion por daños extrapatrimoniales
Como parámetros normativos y jurisprudenciales hay que tener en cuenta en primer lugar, lafijación de la competencia atendiendo a la cuantía como factor determinante de la misma; esta cuantía se establece en el Código General del Proceso en el articulo 25 donde estipula:
“Cuando la competenciase determine por la cuantía, los procesos son de mayor, de menor y de mínima cuantía:
Mínima cuantía cuando versen sobre pretensiones patrimoniales que no excedan el equivalente a cuarenta salariosmínimos legales mensuales vigentes (40 smlmv).
Menor cuantía cuando versen sobre pretensiones patrimoniales que excedan el equivalente a cuarenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (40 smlmv)sin exceder el equivalente a ciento cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (150 smlmv).
Mayor cuantía cuando versen sobre pretensiones patrimoniales que excedan el equivalente a cientocincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (150 smlmv)”
En este punto es de resaltar que el código general del proceso establece estas cuantías solo cuando se persigan pretensionespatrimoniales, dejando a las pretensiones extrapatrimoniales en la segunda parte del mismo artículo 25 y allí se establece que cuando se pretenda reclamar indemnización de daños extrapatrimoniales, y con elfin de determinar competencia atendiendo a la cuantía, se deberá tomar como base para tal fin los máximos parámetros jurisprudenciales al momento de la presentación de la demanda.
Sobre el tema deltratamiento jurisprudencial y siguiendo las palabras del doctor José Ignacio Castaño García, en materia civil se ha presentado que al momento del petitum indemnizatorio las partes en los distintosprocesos donde reclaman indemnización extrapatrimonial han pedido todo cuanto la imaginación les ha permitido, lo que en algunos casos muy seguramente podríamos estar presentes en el campo de un...
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