INTERNACIONAL

Páginas: 5 (1171 palabras) Publicado: 13 de octubre de 2014
RECONOCIMIENTO Y EJECUCION DE LA SENTENCIA EXTRANJERA EXEQUATUR

Así como hacemos valer las sentencias que son dictadas por el poder judicial a nivel nacional, lo que conocemos como la ejecutoria, también contamos con un mecanismo que nos permite hacer valer una sentencia extranjera en el territorio nacional y de igual manera las que emanen del órgano jurisdiccional venezolano extranjero. Estemecanismo lo conocemos con el nombre de
El EXEQUATUR, es el procedimiento a través del cual las sentencias definitivamente firmes dictadas por autoridades extranjeras, previo cumplimiento de los requisitos de ley, puedan adquirir fuerza ejecutoria y el efecto de cosa juzgada en la República Bolivariana de Venezuela. Muchos autores conocedores de la materia dicen que mediante este procedimientola sentencia extranjera se nacionaliza. Por lo tanto no podrán ser objeto de exequátur las decisiones dictadas por organismos que no son órganos jurisdiccionales de algún Estado soberano.
La competencia para conocer de los procesos de exequátur está determinada por el artículo 5 numeral 42º de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con los artículos 850 y 856 delCódigo de Procedimiento Civil, que textualmente establecen: 
“…Artículo 5. Es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República:
(...Omissis...)
42. Declarar la fuerza ejecutoria de las sentencias de autoridades jurisdiccionales extranjeras, de acuerdo con lo dispuesto en los Tratados Internacionales o en la ley.
(...Omissis...)
ElTribunal conocerá en Sala Plena los asuntos a que se refiere este artículo en sus numerales 1 al 2. En Sala Constitucional los asuntos previstos en los numerales 3 al 23. En Sala Político Administrativa los asuntos previstos en los numerales 24 al 37. En Sala de Casación Penal los asuntos previstos en los numerales 38 al 40. En Sala de Casación Civil el asunto previsto en los numerales 41 al 42. EnSala de Casación Social los asuntos previstos en los numerales 43 y 44. En Sala Electoral los asuntos previstos en los numerales 45 y 46. En los casos previstos en los numerales 47 al 52 su conocimiento corresponderá a la Sala a fin con la materia debatida.
“Artículo 850.- Corresponde a la Corte Suprema de Justicia declarar la ejecutoria de las sentencias de autoridades extranjeras, sin lo cualno tendrán ningún efecto, ni como medio de prueba, ni para producir cosa juzgada, ni para ser ejecutadas...”
“Artículo 856.- El pase de los actos o sentencias de las autoridades extranjeras en materia de emancipación, adopción y otros de naturaleza no contenciosa, lo decretará el Tribunal Superior del lugar donde se haya de hacer valer, previo examen de si reúnen las condiciones exigidas enlos artículos precedentes, en cuanto sean aplicables…”.
Según las anteriores disposiciones, es el Tribunal Supremo de Justicia es el competente para declarar la fuerza ejecutoria de las decisiones dictadas por autoridades jurisdiccionales extranjeras, con la excepción prevista en el artículo 856 del Código de Procedimiento Civil, que establece la competencia de los Tribunales Superiores en locivil para conocer de la solicitud de exequátur de los fallos extranjeros en materias de emancipación, adopción y otros de naturaleza no contenciosa.
Requisitos para que a la sentencia extranjera pueda dársele fuerza ejecutoria en Venezuela:
Al respecto, el Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 01561 del 4 de julio del 2000, estableció que debe aplicarse lo establecido en el artículo53 de la Ley de Derecho Internacional Privado, quedando derogados los artículos 850 y 851 del Código de Procedimiento Civil, donde recepta los requisitos que deben concurrir para que las sentencias extranjeras tengan efecto en Venezuela.
El artículo de la Ley de Derecho Internacional Privado en mención, establece lo siguiente:
“Artículo 53. Las sentencias extranjeras tendrán efecto en...
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