interpretación de la articulo 121 del código penal del peru

Páginas: 5 (1102 palabras) Publicado: 29 de abril de 2014
Historia y antecedentes

Artículo 121° A.-Formas agravadas. El menor como víctima
En los casos previstos en la primera parte del articulo anterior, cuando la víctima sea menor de
catorce años y el agente sea el padre, madre, tutor, guardador o responsable de aquel, la pena será
privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años, suspensión de la patria potestad según
elliteral b) del Artículo 83 del Código de los Niños y Adolescentes e inhabilitación a que se refiere el
Artículo 36 inciso 5.
Igual pena se aplicará cuando el agente sea el cónyuge, conviviente, ascendiente, descendiente
natural o adoptivo, o pariente colateral de la víctima.
Cuando la víctima muera a consecuencia de la lesión y el agente pudo prever este resultado, la pena
será no menor deseis ni mayor de quince años. (*)
(*)Artículo incorporado por el artículo 1° de la Ley N° 26788, publicada el 16.05.97
Concordancias:
Const.: arts.1y 2 Incs. 22 y 24 b y h;
C.P.: arts.I y IV Tít. Prel. 36 inc. 5, 121, 125 y 128;
C.N.A..: art. 83;
Ley Nº 26689 art. 2.
Historia y antecedentes
Artículo 121- A.-Formas agravadas - El menor como víctima
En los casos previstos en la primeraparte del artículo anterior, cuando la víctima sea menor de catorce años y el agente sea el padre, madre, tutor, guardador o responsable de aquel, la pena será privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años, suspensión de la patria potestad según el literal b) del Artículo 83 del Código de los Niños y Adolescentes e inhabilitación a que se refiere el Artículo 36 inciso 5. (*)Igual pena se aplicará cuando el agente sea el cónyuge, conviviente, ascendiente, descendiente natural o adoptivo, o pariente colateral de la víctima.

Cuando la víctima muera a consecuencia de la lesión y el agente pudo prever este resultado, la pena será no menor de seis ni mayor de quince años. (**)

(*) Nota: Ver Artículo 75 de la Ley 27337, publicada el 07-08-2000, que aprobó el Código delos Niños y Adolescentes.

(**) Artículo incorporado por el artículo 1 de la Ley N° 26788, publicado el 16-05-97.
"Artículo 121.- Lesiones graves
El que causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud, será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años. Se consideran lesiones graves:

1. Las que ponen en peligro inminente la vida de la víctima.2. Las que mutilan un miembro u órgano principal del cuerpo o lo hacen impropio para su
función, causan a una persona incapacidad para el trabajo, invalidez o anomalía psíquica permanente o
la desfiguran de manera grave y permanente.

3. Las que infieren cualquier otro daño a la integridad corporal, o a la salud física o mental de
una persona que requiera treinta o más días deasistencia o descanso, según prescripción facultativa.

Cuando la víctima muere a consecuencia de la lesión y si el agente pudo prever este resultado,
la pena será no menor de cinco ni mayor de diez años.

Cuando la víctima es miembro de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas,
Magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público, en el cumplimiento de sus funciones, seaplicará
pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de doce años. "

CONCORDANCIAS: D.S. Nº 016-2009-MTC, Décima Primera Disp. Complem. y Trans. (TUO del
Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito)

Formas agravadas. El menor como víctima
"Artículo 121- A.- En los casos previstos en la primera parte del artículo anterior, cuando la
víctima sea menor decatorce años y el agente sea el padre, madre, tutor, guardador o responsable de
aquel, la pena será privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años, suspensión de la
patria potestad según el literal b) del Artículo 83 del Código de los Niños y Adolescentes e inhabilitación
a que se refiere el Artículo 36 inciso 5.

Igual pena se aplicará cuando el agente sea el cónyuge,...
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