Investigacion criminal en apoyo a la defensa (ponencia)
INVESTIGACIÓN CRIMINAL EN APOYO A LA DEFENSA “EXPERIENCIAS Y EXPECTATIVAS”
POR:
ING. YEFRIN GARAVITO NAVARRO
DIRECTOR DE INVESTIGACIONES ESPECIALES UNIDAD DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL DE LA DEFENSA – COLOMBIA informatica@uid.org.co - www.uid.org.co Tel . (+57) 1 2867080
CONTENIDO
• POR QUE NACE LAINVESTIGACIÓN CRIMINAL DE LA DEFENSA. • FUNDAMENTOS JURÍDICOS • SISTEMA ACUSATORIO • EXPERIENCIA COLOMBIANA • EXPERIENCIA INTERNACIONAL • CASOS DE ÉXITO
• HACIA DONDE VAMOS?
INVESTIGACIÓN CRIMINAL EN APOYO A LA DEFENSA “EXPERIENCIAS Y EXPECTATIVAS” – HUARAZ PERU
ANTECEDENTES
• SISTEMA INQUISITIVO O MIXTO
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QUE LOGROS SE OBTUVIERON?
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PERO TAMBIÉN:
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BASES DEL SISTEMA ORAL ACUSATORIO
COLOMBIA PERÚ
DIGNIDAD HUMANA. - LIBERTAD. PRELACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES. IGUALDAD. - IMPARCIALIDAD.LEGALIDAD. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA E IN DUBIO PRO REO. DEFENSA. - ORALIDAD. ACTUACIÓN PROCESAL DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS LEALTAD. - CONTRADICCIÓN. INMEDIACIÓN CONCENTRACION
PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL SEPARACIÓN DE FUNCIONES CONTRADICCIÓN ORALIDAD DISPOSICIÓN DE LA ACCIÓN PENAL INMEDIACIÓN CONCENTRACIÓN PUBLICIDAD PRESUNCIÓN DE INOCENCIA IGUALDAD
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FUNDAMENTOS JURÍDICOS
• En Colombia la promulgación de la ley 906 de 2004 con sus posteriores modificaciones, abrió la puerta para que la investigación criminal y el apoyo a la defensa técnica fuera posible.
Art 125. FACULTADES DE LA DEFENSA. Numeral 9. “.. Buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar elementos materiales probatorios yevidencia física, realizar entrevistas y valoraciones que requieran conocimientos especializados por medio de los técnicos e investigadores autorizados por la ley, para tales efectos las entidades publicas y privadas, además de los particulares, prestaran la colaboración que requiera, sin que pueda oponer reserva, siempre que se acredite por parte del defensor certificado de la Fiscalía General dela Nación, que la información será utilizada para efectos jurídicos…..”,
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CAPITULO VI FACULTADES DE LA DEFENSA EN LA INVESTIGACIÓN
• Artículo 267. Facultades de quien no es imputado. Quien sea informado o advierta que se adelanta investigación en su contra, podrá asesorarse de abogado. Aquel oeste, podrán buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar los elementos materiales probatorios, y hacerlos examinar por peritos particulares a su costa, o solicitar a la policía judicial que lo haga. Tales elementos, el informe sobre ellos y las entrevistas que hayan realizado con el fin de descubrir información útil, podrá utilizarlos en su defensa ante las autoridades judiciales. Igualmente,podrá solicitar al juez de control de garantías que lo ejerza sobre las actuaciones que considere hayan afectado o afecten sus derechos fundamentales.
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• Artículo 268. Facultades del imputado. El imputado o su defensor, durante la investigación, podrán buscar, identificar empíricamente, recoger yembalar los elementos materiales probatorios y evidencia física. Con la solicitud para que sean examinados y la constancia de la Fiscalía de que es imputado o defensor de este, los trasladarán al respectivo laboratorio del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, donde los entregarán bajo recibo. • NOTA: El texto subrayado fue declarado INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional...
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