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Páginas: 5 (1160 palabras) Publicado: 6 de junio de 2013
LA REFORMA CONSTITUCIONAL Y SUS LÍMITES

Los límites formales de la reforma constitucional vendrían determinados por la existencia de dos procedimientos específicos. A su vez, los contenidos protegidos por el procedimiento agravado constituyen una limitación material para la reforma por el procedimiento ordinario.
Nuestra Constitución no establece límites materiales de forma expresa. Noobstante, una alteración profunda del sistema democrático que diese lugar a otra forma de Estado supondría la ruptura del orden constitucional. La revisión total no debe confundirse con una llamada al poder constituyente que produce una nueva Constitución, ya que éste no necesitaría seguir el procedimiento establecido en el artículo 168.
Además de estos límites, la Constitución establece límitestemporales, no pudiendo iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o cuando estén declarados los estados de alarma, de excepción o de sitio. Se pretende evitar que la reforma se lleva a cabo en períodos de profunda inestabilidad política o social.
Sin embargo, ha de observarse que dicha limitación temporal viene referida al inicio de la reforma constitucional, no a su tramitación, siendopor tanto posible aprobar reformas en dichos períodos cuando se hubiesen iniciado previamente. Planteándose además un conflicto entre el artículo 168 y el 116.5 que prohíbe la disolución del Congreso mientras estén declarados los estados de alarma, de excepción o de sitio.
Otra limitación a la reforma constitucional que podríamos encontrarnos traería su causa en el proceso de integración en laUnión Europea, como consecuencia de la primacía del Derecho Comunitario sobre las normas constitucionales de los Estados miembros
La eficacia de los límites a la reforma únicamente es posible cuando se pueden controlar las leyes que pretende la reforma constitucional. Este control solo sería posible hasta la incorporación de las leyes al ordenamiento jurídico, ya que una vez que pasan a formarparte del mismo ya son Constitución y no son susceptibles de ser controlados ante el Tribunal Constitucional.
Sin embargo, este tipo de control preventivo de las leyes no está previsto por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, iniciándose la posibilidad de interponer el recurso de inconstitucionalidad a partir de la publicación oficial.
La reforma constitucional genera uno de los másintensos y amplios debates políticos y jurídicos. Involucra los conceptos sobre la Constitución, la democracia, la estructura del Estado (si se aboga por una estricta separación de poderes o un sistema de pesos y contrapesos entre ramas del poder), el
Control constitucional y, en general, sobre la primacía del derecho o de la
Política para establecer hasta qué punto un órgano constituido tiene facultadpara reformar la Constitución o para sustituirla.

El objetivo principal de este escrito es analizar el comportamiento de la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre los límites a la facultad del Congreso para reformar la Constitución. Para esto es necesario contar con una perspectiva más amplia sobre los límites a la reforma constitucional
y reflexionar sobre varios asuntos: losprincipales conceptos de Constitución, para apreciar el notable incremento del control constitucional, que

También implicaría al poder de reforma; la constitucionalizarían del derecho, su relación con el control de la reforma constitucional y su incidencia en el sentido actual de una constitución rígida, y la clasificación de los Límites a la reforma de la Constitución que establecen algunos autores.Este
Análisis previo permite entender el precedente jurisprudencial sobre los lí- Mites al poder de reforma de la Constitución, dentro de una nueva dinámica del control y, a la vez, establecer si hay algún modo particular de la Corte para tratar el tema.




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Si uno de los caracteres que...
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