jurisprudencia

Páginas: 19 (4650 palabras) Publicado: 22 de marzo de 2013
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL



Magistrado Ponente
WILLIAM NAMÉN VARGAS


Bogotá, D. C., veintidós (22) de julio de dos mil nueve (2009).
Discutida y aprobada en Sala de treinta (30) de junio de dos mil nueve (2009)


Referencia: 68001-3103-006-2002-00196-01


Casada la sentencia proferida el 25 de septiembre de 2006 por el Tribunal Superior del DistritoJudicial de Bucaramanga, en el proceso ordinario de la Comunidad de las Hermanas de la Caridad Dominicas de la Presentación de la Santísima Virgen de Tours -Provincia de Bucaramanga- contra la Junta Municipal de Beneficencia de Piedecuesta y demás personas indeterminadas, procede la Corte, en sede de instancia, a resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandante, frente a la decisiónpronunciada en primera instancia el 30 de junio de 2005 por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de esa ciudad.





ANTECEDENTES

En la sentencia de casación de 15 de julio de 2008, fueron compendiados de la siguiente manera:

“1. Se pretendió declarar a la actora adquirente por prescripción extraordinaria del dominio del inmueble descrito en la demanda, ubicado en el municipio dePiedecuesta y en consecuencia ordenar la inscripción del fallo en el registro inmobiliario.

“2. Las pretensiones incoadas, en resumen, se sustentan, así:

“(a). La congregación religiosa ha poseído con ánimo de señora y dueña el predio mencionado desde el año de 1970 cuando iniciaron sus labores de beneficencia en la institución denominada “Hogar de la Joven”, realizando construcciones y reparacionesal inmueble, otrora integrante de uno de mayor extensión situado en la “Plazuela del Colegio” y adquirido por la “Junta de Beneficencia de Piedecuesta” mediante donación de la “Fábrica de la Parroquia” de ese mismo municipio, conforme a la Escritura Pública número 809 otorgada el 22 de abril de 1947 en la Notaría Primera de Bucaramanga, registrada en el folio de matrícula inmobiliaria 314-0019091de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Piedecuesta.

“(b). Bajo juramento manifestó la actora la imposibilidad de acompañar la prueba de la existencia y representación de la demandada e ignorar el lugar donde pudiera estar y la dependencia que la expidiera, por lo que suscribieron la demanda conjuntamente apoderado y parte al tenor del inciso final del artículo 78 del Código deProcedimiento Civil, pues la demandada “lleva más de medio siglo de haber desaparecido sin dejar rastro alguno”, según lo demuestran los ingentes esfuerzos para obtenerla, tales como los oficios dirigidos a la Alcaldía Municipal de Piedecuesta, a la Gobernación de Santander, a los Ministerios del Interior, Trabajo y Justicia, al Archivo Nacional y al Diario Oficial donde “se buscó desde 1915 a1950” sin encontrar antecedente alguno en sus registros; dice la actora que entre los años 1920 y 1950, el Ministerio de Gobierno a través de las gobernaciones departamentales otorgaba las personerías a las juntas municipales de beneficencia, entidades privadas creadas conforme al artículo 44 de la Constitución de 1886 y encargadas de administrar y sostener hospitales, ancianatos y orfanatos”.

“3.Previo emplazamiento, fueron vinculadas la demandada y demás personas indeterminadas por curador ad litem, quien notificado del auto admisorio, contestó la demanda oponiéndose a las pretensiones por faltar los requisitos de ley para su procedencia”.


LA SENTENCIA APELADA

La instancia terminó con fallo mediante el cual el juez resolvió “inhibirse de dirimir de mérito la demanda ordinaria depertenencia propuesta”, por ausencia del presupuesto procesal de la capacidad para ser parte, en cuanto se demandó a una persona jurídica de derecho privado que al parecer existió, pero al momento de la demanda no aparece o por lo menos no se tiene de ella noticia alguna.


EL RECURSO DE APELACIÓN

1. Apeló la sentencia la comunidad, insistiendo en la existencia de la persona demandada,...
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