Jurisprudencias
CONSENTIMIENTO
El autor Manuel Broseta, indica que los contratos mercantiles (al igual que los civiles) se perfeccionan conel consentimiento de las partes, el cual se produce por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa del contrato, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1262 del CódigoCivil para el Distrito Federal.
Cuando el contrato se celebra entre presentes --indican los autores Arturo Puente y Flores y Octavio Calvo--, no es difícil saber en que momento se perfecciona, ya queeste existe desde que las dos partes manifiestan su voluntad de obligarse, el problema surge cuando este contrato se celebra entre ausentes; en este caso la oferta y la aceptación pueden hacerse porescrito, y esto da lugar a los contratos para correspondencia.
El artículo 80 del Código de Comercio nos explica que en este caso de contratos que se celebran por correspondencia se perfeccionarán enel momento en que se conteste aceptando la propuesta o las condiciones con que esta sea modificada.
En cuanto a la correspondencia telegráfica se producirá obligación entre los contratantes cuandohayan admitido previamente y por escrito este medio.
Nos indica el maestro Cervantes Ahumada que en este se sigue el sistema de la expedición, pero que tiene una excepción, que se trata del contrato...
Regístrate para leer el documento completo.