Laboral 2da Julio De 2014 Pag C 1 A C 13

Páginas: 48 (11936 palabras) Publicado: 24 de marzo de 2015
A S E

S O

R

Í A

INFORME ESPECIAL

LABORAL Y PREVISIONAL

Modificaciones de la Ley de Seguridad
y Salud en el Trabajo
Luis Ricardo VALDERRAMA VALDERRAMA(*)

RESUMEN EJECUTIVO

P

roducto de la aprobación de la Ley N° 30222, Ley que modifica la Ley N° 29783Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se ha introducido un conjunto de
modificaciones que reforman de modo sustancial algunos tópicosrelacionados con
la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. Este
informe tiene como objeto ofrecer un resumen de los nuevos alcances de esta norma, la cual no solo flexibiliza la obligación de los encargados de aplicar el sistema
de gestión de seguridad y salud en el trabajo, sino también otorga un “periodo de
gracia” a los empleadores en materia de fiscalizaciónsociolaboral.

INTRODUCCIÓN

I.

El 11 de julio del año en curso fue publicada en el
diario oficial El Peruano la Ley N° 30222, Ley que
modifica la Ley N° 29783-Ley de Seguridad y Salud
en el Trabajo (en adelante, LSST). Dicha ley tiene
por finalidad reformar diversas consideraciones
delineadas inicialmente, con el fin de facilitar su
implementación, manteniendo el nivel efectivo de
protección de lasalud y seguridad y reduciendo los
costos para las unidades productivas y los incentivos a la formalidad. En los acápites siguientes,
realizaremos una reseña de las normas que han
sido modificadas.

SÍNTESIS DE LAS MODIFICACIONES A LA
LSST

1. Composición de los Consejos Regionales de
Seguridad y Salud en el Trabajo
Con el fin de poder comparar la antigua regulación con la nueva, en el cuadro N° 1citaremos
textualmente ambos dispositivos.
Mediante la LSST se crearon los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo como
instancias de concertación regional en materia
de seguridad y salud en el trabajo, contando
con una naturaleza tripartita y con el objeto de

CUADRO N° 1
Composición de los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo
Ley N° 29783

Ley N° 30222

“Artículo13.- Objeto y composición de los Consejos
Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo

“Artículo 13.- Objeto y composición de los Consejos Regionales de
Seguridad y Salud en el Trabajo

(…)

(…)

El Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
está conformado por los siguientes representantes:

El Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo está conformado
por los siguientesrepresentantes:

(...)

(...)

d) Tres representantes de los gremios de empleadores de
la región, a propuesta de la Confederación Nacional de
Instituciones Empresariales Privadas (Confiep).

d)

(…)”.

Tres (3) representantes de los empleadores de la región, de los
cuales uno (1) es propuesto por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), dos (2) por las Cámaras deComercio de cada jurisdicción o por la Cámara Nacional de
Comercio, Producción, Turismo y Servicios - Perucámaras y uno
(1) propuesto por la Confederación Nacional de Organizaciones de
las MYPE, según se especifique en el Reglamento.

(…)”.
(*)

C-1

Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con estudios de maestría en la especialidad de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social enla misma casa de estudios. Asesor laboral de Soluciones Laborales.

2da. quincena - Julio 2014

INFORME ESPECIAL
brindar apoyo a las direcciones regionales de trabajo.
Con la aprobación de la Ley N° 30222, la
representación del sector de los empleadores será de esta manera: (1) un representante será propuesto por la Confiep;
dos (2) representantes por las Cámaras
de Comercio de cada jurisdiccióno por la
Cámara Nacional de Comercio, Producción, Turismo, Servicios-Perucámaras; y
uno (1) propuesto por la Confederación
Nacional de Organizaciones de las MYPE,
según se especifique en el reglamento.
De ese modo, tal como lo indica el
Dictamen, se busca dotar de mayor representatividad a los distintos sectores
empresariales, otorgando un espacio de
participación importante también a los...
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