Lagrimas Del Sol
Conc.: 665; C. de P. C., 428
Art. 888.- Las servidumbres,o son naturales, que provienen de la natural situación de los lugares, o legales, que son impuestas por la ley, o voluntarias, que son constituidas por un hecho del hombre
Art. 937.- Cada cual podrásujetar su predio a las servidumbres que quiera, y adquirirlas sobre los predios vecinos, con la voluntad de sus dueños, con tal que no se dañe con ellas el orden público, ni se contravenga a lasleyes.
Las servidumbres de esta especie pueden también adquirirse por sentencia de juez, en los casos previstos por las leyes.
Conc.: 888
Art. 880.- Se llama predio sirviente el que sufre elgravamen, y predio dominante el que reporta la utilidad.
Con respecto al predio dominante, la servidumbre se llama activa, y con respecto al predio sirviente, se llama pasiva
Art. 882.- Servidumbrepositiva; es, en general, la que sólo impone al dueño del predio sirviente la obligación de dejar hacer, como cualquiera de las dos anteriores; y negativa, la que impone al dueño del predio sirviente laprohibición de hacer algo, que sin la servidumbre le sería lícito, como la de no poder elevar sus paredes sino a cierta altura.
Las servidumbres positivas imponen a veces al dueño del predio sirvientela obligación de hacer algo, como la del artículo 900 .
Art. 942.- Las servidumbres se extinguen:
1o.) Por la resolución del derecho del que las ha constituido.
2o.) Por la llegada del día o dela condición, si se ha establecido de uno de estos modos.
3o.) Por la confusión, o sea la reunión perfecta e irrevocable de ambos predios en manos de un mismo dueño.
Así, cuando el dueño de uno deellos compra el otro, perece la servidumbre, y si por una venta se separan, no revive; salvo el caso del artículo 938 ; por el contrario, si la sociedad conyugal adquiere una heredad que debe...
Regístrate para leer el documento completo.