Legislacion tributaria

Páginas: 5 (1164 palabras) Publicado: 9 de abril de 2013
RENTA DEL TRABAJO EN RELACION DEPENDENCIA
(Artículo 68)
Hecho generador. La obtención de toda retribución o ingreso en dinero que provenga del trabajo personal prestado en relación de dependencia por residentes en el país. En particular:
Sueldos, bonificaciones, comisiones, propinas, aguinaldos, viáticos no sujetos a liquidación o que no constituyan reintegro de gastos, y otrasremuneraciones.
(Artículo 69)
Percepción de la renta.
Las rentas gravadas se imputan al período de liquidación en que sean percibidas o puestas a disposición del trabajador.
(Artículo 70)
Rentas exentas. Indemnizaciones o pensiones por causa de muerte o incapacidad por accidente o enfermedad. No está exenta las remuneraciones que se perciban del patrono, durante licencias laborales con goce desueldo.Aguinaldo hasta el 100% del sueldo ordinario mensual. Bonificación anual hasta el 100% del sueldo ordinario mensual.
(Artículo 72)
Renta imponible. Renta bruta = Ingresos gravados y exentos en período de liquidación Renta neta = Renta bruta (-) Rentas exentas obtenidas Renta imponible = Renta neta (-) Gastos personales
Gastos personales deducibles.
Mínimo de vida Q48, 000 sin comprobaciónQ12, 000 con el IVA pagado en gastos personales (Q100, 000) Donaciones Estado, universidades, entidades culturales o científicas Donaciones Asociaciones y fundaciones sin fines de lucro. Asistencia o servicio social, iglesias y partidos políticos, siempre que cuenten con solvencia fiscal y la deducción máxima permitida no podrá exceder del 5% de la renta bruta Cuotas/ IGSS-IPM-Estado einstituciones por contribuciones regímenes previsión social Prima de seguros Vida, riesgos casos de muerte para el trabajador (no dotal)
(Artículo 73)
Tipo impositivo y determinación impuesto. Rango renta imponible Importe Fijo Tipo Impositivo anualQ0.01 a Q300,000 Q0.00 5% sobre renta imponibleQ300,001 en adelante Q15,000 7% sobre excedente
(Artículo 74)
Período de liquidación. Anual del 1 de enero al31 de diciembre.
(Artículos 75, 76, 77 y 78)
Obligación de retener, cálculo de retención, más de un patrono y constancia retención.
(Artículo 69)
Liquidación y devolución de lo retenido en exceso. Los trabajadores al finalizar el período presentarán al patrono las constancias de donación, si fuere el caso. Si se retuvo de más, deberá devolverle dentro de los 2 primeros meses del añocalendario, los cuales descontará del total de las retenciones correspondientes a dichos períodos mensuales hasta cubrir la totalidad.
(Artículo 80 y 82)
Pago de retenciones, forma y requisitos.
Deberá hacerse mediante declaración jurada y entregarse en los primeros 10 días del mes siguiente. El reglamento indicará los procedimientos para efectuar, cobrar y pagar retenciones.
(Artículo 81)Obligación de presentar declaración anual.
Agente de retención, no efectúo retención.
Agente de retención efectúo retención menor a las correspondientes.
Lo que los trabajadores en relación de dependencia deben saber
Sobre la nueva Ley del ISR, Ley de Administración Tributaria
A partir del 2013, la nueva ley le permitirá a usted ser partícipe de la transformación que el gobierno impulsa parareducir la desigualdad social, ayudar a quienes menos tienen y que quienes reciben más ingresos paguen impuestos acorde a ello.
El nuevo régimen para asalariados es un sistema simplificado en el que se aplican tasas reducidas sobre solo dos tramos de ingresos sujetos a impuestos (5% y 7%), en vez de 4 tramos, en donde las tasas iban desde 15% hasta el 31%.
Si sus ingresos sujetos al pago de ISRson menores a Q300 mil pagará una tasa del 5% sobre dicho valor. Si pasa de los Q300 mil anuales, pagará un importe fijo de Q 15,000 (equivalente al 5% sobre Q 300 mil) y 7% sobre el excedente de Q 300 mil.
La nueva ley no elimina la planilla del IVA, permite deducir hasta Q12 mil al año por el IVA pagado en gastos personales por compra de bienes o adquisición de servicios.
Las personas que...
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