Ley Financiera
SUMARIO:
Año IV ‐ Nº 843
Págs.
Quito, lunes 3 de
diciembre del 2012
FUNCIÓN LEGISLATIVA:
LEY:
Valor: US$ 1.25 + IVA
ASAMBLEA NACIONAL:
-
ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO
BARREZUETA
DIRECTOR
Quito: Avenida 12 de Octubre
N 16‐90 y Pasaje Nicolás Jiménez
Expídese la Ley Orgánica Derogatoria a la Ley de
Burós deInformación Crediticia y Reformatoria a
la Ley del Sistema Nacional del Registro de Datos
Públicos, a la Ley Orgánica de la Economía Popular
y Solidaria y del Sector Financiero Popular y
Solidario y a la Ley de Compañías …………………..
1
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL SOCIAL:
RESOLUCIÓN:
Dirección: Telf. 2901 ‐ 629
Oficinas centrales y ventas:
Telf. 2234 ‐ 540
Distribución(Almacén):
Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto
Telf. 2430 ‐ 110
Sucursal Guayaquil:
Malecón Nº 1606 y Av. 10 de Agosto
Telf. 2527 ‐ 107
Suscripción anual: US$ 400 + IVA
para la ciudad de Quito
US$ 450 + IVA para el resto del país
Impreso en Editora Nacional
900 ejemplares ‐‐ 16 páginas
www.registroficial.gob.ec
Al servicio del país
desde el 1º de julio de 1895CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Y CONTROL SOCIAL:
003-212-CPCCS-2012 Expídese el Reglamento para la
ejecución del Programa “Apoyo y Estimulación de
las Capacidades Participativas de la Ciudadanía
para Promover su Acción Protagónica, a través de
la Modalidad de Fondos Concursables” …………….
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL
Oficio No. SAN-2012-1489
Quito, 28 de noviembre del 2012Señor Ingeniero
Hugo del Pozo Barrezueta
Director del Registro Oficial
Ciudad
De mi consideración:
La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le
confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley
2 -- Segundo Suplemento -- Registro Oficial Nº 843 -- Lunes 3 de diciembre del 2012
Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó el
proyecto de LEYORGÁNICA DEROGATORIA A LA
LEY DE BURÓS DE INFORMACIÓN CREDITICIA Y
REFORMATORIA A LA LEY DEL SISTEMA
NACIONAL DEL REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS,
A LA LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA Y DEL SECTOR
FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO Y A LA
LEY DE COMPAÑÍAS.
En sesión de 22 de noviembre de 2012, el Pleno de la
Asamblea Nacional conoció y se pronunció sobre la
objeción parcial presentadapor el señor Presidente
Constitucional de la República.
Por lo expuesto; y, tal como lo dispone el artículo 138 de la
Constitución de la República del Ecuador y el artículo 64 de
la Ley Orgánica de la Función Legislativa, acompaño el
texto de la LEY ORGÁNICA DEROGATORIA A LA
LEY DE BURÓS DE INFORMACIÓN CREDITICIA Y
REFORMATORIA A LA LEY DEL SISTEMA
NACIONAL DEL REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS,A LA LEY ORGÁNICA DE LA ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA Y DEL SECTOR
FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO Y A LA
LEY DE COMPAÑÍAS, para que se sirva publicarlo en el
Registro Oficial.
Atentamente,
f.) DR. ANDRÉS SEGOVIA S., Secretario General.
personal y familiar, de conformidad con lo prescrito en el
artículo 66 numerales 15, 19 y 20 de la Constitución de la
República;
Que, la Constituciónde la República en sus artículos 308 y
334 numeral 5 dispone que las actividades financieras son
un servicio de orden público, y podrán ejercerse, previa
autorización del Estado, de acuerdo con la ley, y le
corresponde al Estado fomentar el acceso a los servicios
financieros y a la democratización del crédito, promoviendo
el acceso equitativo a los factores de la producción;
Que, esimportante contar con una información precisa y
oportuna para concesión de créditos por parte del sector
financiero y comercial;
Que, es fundamental establecer mecanismos adecuados de
protección de los derechos de los titulares de la información
con el fin de garantizar sus derechos constitucionales y de
precautelar su información personal;
Que, se han presentado abusos sobre el uso de la...
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