Ley Para El Fomento Y Participación De Las Organizaciones De La Sociedad Civil En El Estado De Jalisco 1
Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto:
NÚMERO24950/LX/14 EL CONGRESO DEL ESTADO DECRETA:
SE EXPIDE LA LEY PARA EL FOMENTO Y PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL ESTADO DE JALISCO.
Artículo único. Se expide la Ley para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Jalisco, para quedar como sigue:
Ley para el Fomento y la Participación de las Organizaciones
de laSociedad Civil en el Estado de Jalisco
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. La presente ley tiene por objeto:
I. Fomentar las actividades que llevan a cabo las organizaciones de la sociedad civil, las agrupaciones y redes registradas mediante una normatividad integral y coherente que propicie condiciones para el ejercicio pleno de la libertad de las personas y grupos que integran lasociedad. Asimismo, estimular su participación en la vida social, económica, política y cultural de la entidad, como lo establece el artículo 15 de la Constitución Política del Estado de Jalisco;
II. Promover la participación de las organizaciones en la definición de agenda, así como en la elaboración, construcción colectiva, implementación y evaluación de políticas públicas con relación a lasactividades que señala la presente Ley;
III. Establecer los derechos y obligaciones que tienen las organizaciones conforme a esta Ley;
IV. Establecer la vinculación entre la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil y la presente Ley; y
V. Establecer las facultades y coordinación interinstitucional de las autoridades que la aplicarán y los órganos quecoadyuvarán en ello.
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. Agrupaciones: colectivos de ciudadanos organizados sin estar constituidos legalmente, cuyas actividades cumplan con lo establecido por el artículo 3 de la presente Ley;
II. Comité: el Comité para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil;
III. Fomento: reconocimiento y apoyo a lasactividades de las organizaciones de la sociedad civil, agrupaciones y redes registradas mediante los mecanismos establecidos en la presente Ley;
IV. Ley: la Ley para el Fomento y la Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Jalisco;
V. Ley Federal: la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil;
VI. Organizaciones de lasociedad civil: agrupaciones autónomas de la ciudadanía, formal y legalmente constituidas, cuyas actividades cumplan con lo establecido por el artículo 3 de la Ley;
VII. Participación: presencia activa de las organizaciones de la sociedad civil, agrupaciones y redes registradas en el proceso de construcción social de las políticas públicas, de conformidad con el artículo 1 fracción II de laLey;
VIII. Redes registradas (redes): agrupaciones no constituidas legalmente, integradas por organizaciones de la sociedad civil o por éstas y agrupaciones, mediante la suscripción de un convenio de adhesión mutua que se presenta al Comité, que se plantean un objetivo y un plan de trabajo en común, el cual supera los planes de trabajo que cada una se plantea en lo individual;
IX. Registro Estatal:el Registro Estatal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a cargo del Comité; y
X. Registro Federal: el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Artículo 3. Las actividades realizadas por las organizaciones de la sociedad civil, agrupaciones y redes que se reconocen como de interés público, son aquellas orientadas a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, el...
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