MINISTERIO DE ECONOM A Y FINANZAS
Disponen reajuste de pensiones percibidas por pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 28449 y Ley Nº 28789y autorizan Transferencia de Partidas
DECRETO SUPREMO N° 002-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 28449, Ley que establece lasnuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, dispone que las pensiones percibidas por beneficiarios que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no excedael importe de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias vigentes en cada oportunidad, serán reajustadas al inicio de cada año mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros ya propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta las variaciones en el costo de vida anual y la capacidad financiera del Estado;
Que, de acuerdo al tercer párrafo del artículo 1de la Ley Nº 28789, Ley que precisa la tercera disposición transitoria de la Ley Nº 28449, ley que establece nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, se dispone que el valoranualizado de las pensiones para efecto de determinar el monto máximo mensual y del reajuste de pensiones de cesantía, invalidez y sobrevivencia del régimen de pensiones regulado por el Decreto Ley Nº20530 es de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que corresponda el pago de la pensión;
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 374-2014-EF, durante elaño 2015 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será de TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 850,00);
Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática hapublicado el porcentaje de inflación anual acumulada a diciembre de 2014, siendo este de 3,22%;
Que, tomando en cuenta la capacidad financiera del Estado, se ha establecido la posibilidad de otorgar...
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