MINUTAS CONCILIACION C 627
De conformidad con la Ley 640 del 5 de enero del 2001
FECHA: Popayán (C), Mayo 25 de 2015
HORA: 04:00 P: M
LUGAR: Centro de conciliación ¨MIGUEL ÁNGEL ZÚÑIGA¨ Universidad del Cauca.
SOLICITANTES: NELSON DE JESUS RIOS , identificado con cédula de ciudadanía No. 16.827.904 de Jamundí (Valle), CARMENZA FERNANDEZ, identificada con cédula de ciudadanía No.34.554.765 de Popayán (C), quienes asistirán representados por la Dra. PIEDAD NATALIA FIGUEROA MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.144.164.510 expedida en la ciudad de Popayán (Cauca) y código estudiantil No. 100111024034 estudiante del Programa de Derecho y adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad del Cauca.
SOLICITADO: YOLANDA ESNEDA LOPEZ DE VALENCIA, identificada concédula de ciudadanía No. 25.266.511 de Jamundí (Valle), ASUNTO: DECLARATORIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRANSITO A LA SEÑORA YOLANDA ESNEDA LOPEZ DE VALENCIA
ESTUDIANTE CONCILIADOR A CARGO: ALEXANDRA GARCIA H.
FECHA DE LA SOLICITUD: 17 de Mayo de 2015.
En la fecha, hora y lugar mencionados, para celebrar la audiencia de Conciliación consagrada por la Ley640 del 2001, se hicieron presentes las partes arriba mencionadas, identificadas como ya se dijo, cuyos domicilios son: SOLICITANTES: Túnel bajo- Etapa 2 SOLICITADO: Carrera 12N N° 27N-124, con el fin de llegar a un acuerdo conciliatorio.
Una vez que el conciliador ilustró a las partes sobre el objeto, alcance y límites de la conciliación, se procedió a analizar el asunto objeto decontroversia.
HECHOS
PRESENTADOS POR EL CONVOCANTE
PRIMERO: “El día 25 de abril de año 2013 mi representado el señor NELSON DE JESUS RIOS PEREZ conducía una motocicleta cerca del puente Torre Molino y junto con la señora CARMENZA FERNANDEZ que iba de parrillera, fueron arrollados por un vehículo que huyo inmediatamente “
SEGUNDO: “Al solo tener las placas del vehículo se hace responsable a la señoraYOLANDA ESNEDA LOPEZ DE VALENCIA, quien según el Certificado de Tradición es la propietaria del vehículo de placas QEQ897.”
TERCERO: “El señor NELSON DE JESUS RIOS ha pagado perjuicios ocasionados tanto a él como a la señora CARMENZA FERNANDE, como resultado del daño causado:
Por concepto de perjuicios materiales tales como gastos de transporte para la movilización hacia los lugares de terapia de laseñora CARMENZA FERNANDEZ, incapacidades y demás la suma de $ 1.500.000. Y por concepto de perjuicios morales la suma de $500.000.”
PRUEBAS
APORTADAS POR EL CONVOCANTE
ANEXOS
1. Poder solicitud de conciliación
2. Autorización del consultorio jurídico
3. Certificado de tradición del vehículo
4. Informe técnico legal de lesiones de la señora CARMENZA FERNANDEZ
5. Informe técnico legal delesiones del señor NELSON DE JESUS RIOS PEREZ
6. Plan de tratamiento REHABILITAR (terapias físicas)Los enunciados en el acápite de pruebas
PRUEBAS
APORTADAS POR EL CONVOCADO
1- NINGUNA
ACUERDOS
PRIMERO: La señora YOLANDA ESNEDA LOPEZ DE VALENCIA, identificada con cédula de ciudadanía No. 25.266.511 de Jamundí (Valle), reconoce y se obliga a cancelar la suma de UN MILLON TRECIENTOS OCHENTA YNUEVE MIL PESOS MDA/CTE ($1’389.000) DE LOS CUALES CORRESPONDE A UN MILLON DE PESOS ($1’000.000) A CAPITAL Y TRECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL ($389.000) A LOS INTERESES DE MORA. SE HA HECHO UN ABONO DE DOS CIENTOS CINCUENTA MIL PESOS MDA/CTE ($250.000) QUEDANDO UN SALDO A PAGAR DE UN MILLON CIENTO TREINTA NUEVE MIL PESOS MDA/CTE (1’139.000). LOS CUALES SERAN CANCELADOS DE LA SIGUIENTE MANERA.SEGUNDO: La señora ENELIA VELASCO MONTEGRO, identificada con cedula de ciudadanía No. 25.394.269 de El Tambo (C), se obliga a cancelar once cuotas mensuales de CIEN MIL PESOS MDA/CTE ($100.000) que trata el numeral anterior, por concepto de pago de capital obligación título valor ( letra de cambio) e intereses moratorios. En favor del señor EINAR DIOSIDES VASQUEZ VALENCIA, identificado con...
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