NORMA TECNICA OPERACION DEL TPE ESCOLAR DE PERSONAL Y TURISMO 13 MAYO 2011
DEL GOBIERNO
OrenvxI
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Técnico: M4.0004osé CICtavio Tina)," enil
. Director
Mari no Matamoros Sur No» 308 C.P. 50130
`oluca de Lerdo, Max,, viernes 13 de mayo de 2011
A:20213/001/02
Tomo CXCI
No. 89
Num aro de ejemplares íttilflrésos: 500SECRETAR
SUMA
ARA LA
ACUERDO POR. EL QUE SE PUBLICA LA NORMA 'TE
OPERACION OEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR, DE
PERSONAL Y TURISMO
"2011. AÑO DEL CAUDILLO VICENTE GUERRERO'
SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARIA DE TRANSPORTE
GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO
Ci) Compromiso
Gobierno que cumple
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Secretario de Transporte del Gobierno del Estado de México, confundamento en lo
dispuesto por los artículos 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 1, 3, 15, 19 fracción XV,
33 fracciones 1,111, IV, V, VIII, XV, XVI, XVII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1 y 57,
del Codigo de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 1.1 fracción VI, 1.4, 1.5 fracciones III, IV, X, XI yXII, 1.7,
1.8, 1 9, 1.18, 7.3, 7.24, 7.25, 7.33, 7.35, 7.36, 7.37 y 7.38 fracciones 1,11,111, IV, V, VI, VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XXII del Código
Admi istrativo del Estado de México; 1, 2, 3, 4, 5, 12, 13 fracción 11 inciso d), 39 fracción 1, 40, 41, 42, 43, 47, 48 y 49 del
Reglamento del Transporte Público y Servicios Conexos del Estado de México; 1, 2, 5, 6 fracciones 1, VI, IX y XXII delReglamento Interior de la Secretaría de Transporte, y:
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2005-2011, prevé en el pilar relativo a Seguridad Económica, en su vertiente de
Desarrollo Económico, entre otras estrategias, el fortalecimiento de la infraestructura de transporte, a través de las líneas de
acciór relativas a fortalecer y actualizar el marco normativo, de modo quecontribuya a reforzar la operación de transporte, así
como propiciar acuerdos con los concesionarios para continuar con la modernización administrativa del sector, y su
incor oración organizada a los nuevos esquemas para la prestación del servicio.
El art culo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, establece que es competencia de la
Secre aría de Transporte planear,formular, dirigir coordinar, evaluar, ejecutar y supervisar las políticas y programas para el
desarrollo integral del servicio público de transporte de jurisdicción estatal y de sus servicios conexos.
El Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 7.2 fracción II, establece que las disposiciones del Libro Séptimo
tiener como finalidad que se cuente con transporte seguro, eficiente yde calidad.
El citzdo Código en su artículo 7.3 señala que se considera de utilidad pública e interés general, la construcción, conservación,
operación, explotación, rehabilitación y mantenimiento de las comunicaciones de jurisdicción local, así como la prestación del
servic o público de transporte.
El referido Código, establece en su artículo 7.24 fracción 1 inciso d) señala que el Transporteque se realiza en la infraestructura
vial se clasifica en la modalidad de especializado en la modalidad de transporte escolar, de personal y turismo.
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13 de mayo de 201 I
El Código, establece en su artículo 7.25 que corresponde a la Secretaría de Transporte, expedir las normas técnicas relativas a
las características de los equipos que se estimennecesarios en los vehículos destinados al servicio discrecional de transporte en
la modalidad de escolar, de personal y turismo.
Así mismo, el artículo 7.38, del multicitado Código, establece que es obligación de los concesionarios y permisionarios, cumplir
con la normatividad, disposiciones reglamentarias y administrativas vigentes.
Con el afán de otorgar a la sociedad mexiquense y a los usuarios del...
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