NORMAS OFICIALES MEXICANAS DE LOS RECURSOS FORESTALES NO MADERABLES
el artículo 55, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, disponen que la Secretaría de MedioAmbiente y Recursos Naturales emitirá normas oficiales mexicanas en materia forestal que tengan por objeto establecer los requisitos, especificaciones, condiciones, procedimientos, metas, parámetros ylímites permisibles que deberán observarse en cuencas, regiones, ecosistemas o zonas, en aprovechamiento de recursos forestales, en el desarrollo de actividades económicas, en el uso y destino de bienes,en insumos y en procesos, así como para regular los procesos de aprovechamiento, almacenamiento, transporte, transformación y comercialización de los recursos forestales, así como la prestación de losservicios técnicos.
Esta Norma Oficial Mexicana establece criterios y especificaciones técnicas para el aprovechamiento de los recursos forestales no maderables en poblaciones naturales deecosistemas forestales. Es de observancia obligatoria para todas las personas físicas y morales que realicen actividades de aprovechamiento de recursos forestales no maderables en poblaciones naturales dentrodel territorio nacional.
Para ayudar a entender un poco mejor este documento se agregaron algunas definiciones de conceptos relacionados con los recursos forestales no maderables, algunos de estos sonlos siguientes:
Calado: incisión que se hace a una altura mínima de 20 cm a partir de la base del árbol, con una inclinación aproximada de 45° a 60° con respecto a la vertical del fuste, paradeterminar si el árbol está en condiciones de ser explotado
Cara de resinación: incisión en forma de canalillo que se realiza a lo largo del fuste de un árbol quitando la corteza y la parte superficial...
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