Normas

Páginas: 8 (1798 palabras) Publicado: 9 de julio de 2012
14 E DUCACIÓN

Diario Primicia

Huancayo, Jueves 10 de setiembre del 2009

INSTRUCTIVO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA SIN GOCE DE
HABER PARA EL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

PROHIBICIÓN DE LABORAR ESTANDO DE
LICENCIA SIN GOCE DE HABER
R. D. R. Nº 01939/2009
DIRECTIVA Nº 047- 2009-DREJ-DGI
I.- FINALIDAD:

sus funciones no interfiere ni equivale a
las funciones propias de unprofesor de
aula y/o asignatura, sus acciones son de
apoyo técnico pedagógico, actividades
formativas y disciplinarias.
d. Los docentes que excedieran el
año de licencia sin goce de remuneraciones por tener proceso judicial con detención efectiva y pendiente de sentencia; la
autoridad educativa a su petición prorrogará la licencia por motivos particulares
hasta que se expida la sentencia.La sentencia condenatoria será causal de cese
definitivo y si la sentencia es absolutoria
se da por concluida la licencia y se dispone su reincorporación al servicio docente.

La presente Directiva tiene la finalidad
de aclarar la responsabilidad, el flujo del
proceso del otorgamiento de las licencias
sin goce de remuneraciones al personal
docente comprendido en la Ley Nº 24029
y sumodificatoria 25212 y personal administrativo del Decreto Legislativo Nº
276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público.
Asimismo cautelar la correcta ejecución presupuestal mediante el control de
las licencias con y sin goce de haber.

II. BASE LEGAL
LEGAL.

· Constitución Política del Perú.
· Ley Nº 28044, Ley General de Educación.
· Ley Nº 24029 y 25212,Ley del Profesorado y su Modificatoria.
· D.L. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del
Sector Público.
· D.S.Nº 19-90-ED Reglamento de la
Ley del Profesorado.
· D.S.Nº 005-90-PCM Reglamento del
D.Leg. Nº 276.
· D.S.Nº 009-2005-ED, Gestión del Sistema Educativo.

III. ALCANCE:

Dirección Regional de Educación de
Junín.
Unidades de Gestión Educativa Localdel ámbito Regional.
Instituciones de Educación Básica.
Instituciones de Educación Técnico
Productiva.
Instituciones de Educación Superior No
Universitaria.

IV. CONSIDERACIONES GENERALES.

4.1. DE LAS LICENCIAS SIN GOCE
REMUNERACIONES.
DE REMUNERACIONES
PROFESORADO
De conformidad al Artículo 63º El profesorado tiene derecho a licencia sin goce
de remuneraciones conservando su cargo,en los siguientes casos:
a) Por motivos particulares hasta por
un (1) año computados a partir del inicio
de la licencia, dentro de un periodo de cinco 05) años .
b) Por estudios de especialización sin

intervención del Ministerio de Educación
o post grado hasta por dos (02) años computados a partir del inicio de la licencia,
previa constancia de la institución educativa.
c) Por desempeñode funciones públicas como resultado de procesos electorales o asumir cargos políticos o de confianza por el tiempo que dure las funciones señaladas, salvo los permisos con
goce de remuneraciones establecidos por
Ley , y
d) Por enfermedad grave del cónyuge e hijos, padres y hermanos hasta un
máximo de seis meses: Dicho periodo no
es computable dentro del plazo establecido en el inciso a).ADMINISTRATIV
TIVO.
PERSONAL ADMINISTRATIVO.
Artículo Nº 110 del D.S.Nº 005-90PCM Reglamento del D.Leg. Nº 276:
a. Licencias sin goce de remuneraciones:

b. Por motivos particulares.
c. Por capacitación no oficializada.
A cuenta del periodo vacacional.
a. Por matrimonio.
b. Por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos
ARTICULA4.1.1. POR MOTIVOS PARTICULA PARTICULA
V
RES.PROFESORES.
a. Este derecho se le concede al profesor nombrado, nombrado interinamente o contratado que cuente con un (01)
año de servicios efectivos y remunerados
prestados al Estado.
b. Para determinar el tiempo máximo
establecido , se realiza la sumatoria de
toda las licencias y permisos parciales de
la misma índole dentro de los cinco (05)
años, retroactivo a la primera licencia que
solicitó...
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