perpetua memoria una persona con dos nombres solicita que se le reconozca como una

Páginas: 7 (1621 palabras) Publicado: 5 de enero de 2016


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 

PODER JUDICIAL 

Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 

Caracas, treinta (30) de abril de dos mil nueve (2.009) 
199º y 150º 

SOLICITANTE: ciudadano ALIRIO ALFONSO ABREU BURELLI, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-674.113. 
APODERADO 
JUDICIAL DEL SOLICITANTE: Abogado RAFAEL JOSÉ ABREU RIERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.636. 

MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA 

ASUNTO: AP31-S-2009-001056.- 

-I- 

Conoce este Juzgado de la presente solicitud, por distribución que de ella hiciera la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil de Tribunales de Municipio deesta Circunscripción Judicial con sede en Los Cortijos, mediante la cual el ciudadano ALIRIO ALFONSO ABREU BURELLI, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-674.113, asistido por el abogado Rafael José Abreu Riera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.636, solicita se le declare mediante justificativo de perpetuamemoria, que los nombres Alirio Alfonso con cédula de identidad Nº 674.113 y Alirio Augusto que aparece en el acta de nacimiento asentada en fecha 10 de mayo de 1933, ante el Registro Civil de nacimientos de la Parroquia La Puerta, Estado Trujillo, corresponden a una misma persona, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. 
En fecha 27 de abril de 2009,se admitió la solicitud acordándose proveer sobre su procedencia por auto separado. 
Mediante diligencia presentada en ésta misma fecha, el solicitante otorgó poder apud acta al abogado Rafael Abreu, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.636.
-II- 
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas lasconsideraciones siguientes: 
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que el solicitante acompañó los siguientes instrumentos públicos: 
1) Copia fotostática del acta de nacimiento Nº 38, asentada ante la Prefectura de la Parroquia La Puerta, Municipio Valera, Estado Trujillo, y certificada ante por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Trujillo. 
2) Copia Fotostática de la cédulade identidad Nº 674.113, correspondiente al ciudadano Alirio Alfonso Abreu Burelli, expedida en fecha 27 de diciembre de 2006. 
3) Copia fotostática de la cédula de identidad Nº 674.113, correspondiente al ciudadano Alirio Alfonso Abreu Burelli, expedida en fecha 27 de agosto de 1990. 
4) Copias fotostáticas del pasaporte número C1709781, correspondiente al ciudadano Alirio Alfonso Abreu Burelli,expedidos por la Dirección General de Identificación del Ministerio del Interior y Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en fechas 30 de noviembre de 2005, 10 de agosto de 1987. 
5) Copa fotostática del pasaporte diplomático Nº 607/94, correspondiente al ciudadano Alirio Alfonso Abreu Burelli, otorgado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en fechas 10 de noviembre de 2000 y 26de julio de 1994. 
6) Copia certificada del acta de matrimonio Nº 30, celebrado por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, entre los ciudadanos Alirio Alfonzo Abreu Burelli, titular de la cédula de identidad Nros. V-674.113, y Beatriz Carolina Riera Blanco. 
7) Original de certificado de solvencia, expedida por laAdministración General de Impuesto sobre la Renta del Ministerio de Hacienda, a nombre del ciudadano Alirio Alfonzo Abreu Burelli, titular de la cédula de identidad Nros. V-674.113.- 
8) Copia del certificado de circulación expedido al ciudadano Alirio Alfonzo Abreu Burelli, titular de la cédula de identidad Nros. V-674.113. 
9) Consignó también, copia de dos (2) cuadro póliza-recibo de prima seguro de...
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