Perspectiva Organizmica

Páginas: 9 (2076 palabras) Publicado: 26 de noviembre de 2012
1. Del texto legal objeto de revisión.

El artículo 3º de la Ley
75 de 1968 preceptúa lo siguiente. Se subraya la parte demandada:


"El hijo concebido por mujer casada no puede ser reconocido como natural, salvo:

1o) Cuando fue concebido durante el divorcio o la separación legal delos cónyuges, a menos de probarse que el marido, por actos positivos lo reconoció como suyo, o que durante ese tiempo hubo reconciliación privada entre los cónyuges.

2o) Cuando el marido desconoce al hijo en la oportunidad señalada para la impugnación de la legitimidad en el título 10 del libro 1o. del Código Civil, la mujer acepta el desconocimiento, y el juez loaprueba, con conocimiento de causa e intervención personal del hijo, si fuere capaz, o de su representante legal en caso de incapacidad, y además del defensor de menores, si fuere menor.

3o) Cuando por sentencia ejecutoriada se declare que el hijo no lo es del marido.

El hijo podrá reclamar en cualquier tiempo contra su legitimidad presunta,cuando su nacimiento se haya verificado después del décimo mes siguiente al día en que el marido o la madre abandonaron definitivamente el hogar conyugal. De esta acción conocerá el juez de menores cuando el hijo fuere menor de diez y seis años de edad, por el trámite señalado en el artículo 14 de esta ley, con audiencia del marido y de la madre o de sus herederos si ya hubieren muerto ellos, salvoque en la demanda se acumule la acción de paternidad natural, caso en el cual conocerá del juicio el juez civil competente, por la vía ordinaria.

Prohíbese pedir la declaración judicial de maternidad natural, cuando se atribuye a una mujer casada, salvo en los tres casos señalados en el presente artículo ."

2. De los argumentos de lademanda.

La actora considera que el aparte de la norma demandada viola los artículos 1º 2º 5º 13, 14, 42 en su inciso 4, 44, 93 y 229 de la Constitución Política.

Consagra un tratamiento legal contrario a la Constitución a los llamados hijos "adulterinos", puesto que establece una causal única y restrictiva para que éstos puedan impugnar lapresunción de paternidad que establece la ley.

De otro lado, se atenta también contra el derecho fundamental de toda persona para acceder a la administración de Justicia, puesto que numerosos hijos adulterinos ven negada la posibilidad de acudir ante los jueces a impugnar una paternidad que es puramente formal,

de manera flagrante, el derecho a gozar del reconocimiento de lapersonalidad jurídica puesto que "una cosa es que la ley le otorgue, una presunción de personalidad y una muy diferente es que le permita, a quien por razones de hecho conoce que su situación real es diferente, obtener el verdadero reconocimiento de la misma, por parte de la autoridad competente."

MINISTERIO PUBLICO

Todo lo anterior lleva al Ministerio Público a concluir que losinstrumentos jurídicos con que cuenta el hijo de mujer casada para impugnar la paternidad legítima son precarios frente a aquellos con que cuenta el presunto padre legítimo, con lo cual "se evidencia un desequilibrio en detrimento del hijo, que afecta sus derechos en la órbita afectiva, patrimonial, social, derivado del hecho de que no se le permita gozar de la paternidad real a que tiene derecho."no procede la declaratoria de inexequibilidad de la disposición acusada, por las siguientes dos razones: de un lado, porque según su criterio, el problema no deriva de esta norma sino de la regulación global del tema en el ordenamiento civil, ya que, en sentido estricto, "la infracción al principio de igualdad no proviene de la materialidad de la causal demandada, sino de las insuficiencias...
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