Reformas A La Constitucion
PROYECTO DE REFORMA A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
IV. FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA FISCAL Y FINANCIERO
TEXTO VIGENTE PROPUESTA DEREFORMA OBSERVACIONES
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ARTÍCULO 73: Libertad de educación y asistencia económica estatal: La familia es la fuente de la Educación y los padres tienen derecho a escoger la que ha de impartirse asus hijos menores. El estado podrá subvencionar a los centros educativos privados y gratuitos y la ley regulará lo relativo a esta materia. Los centros educativos privados funcionarán bajo lainspección del Estado. Están Obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de estudio. Como centros de cultura gozarán de la exención de toda clase de impuestos y arbitrios.La enseñanza religiosa es optativa en los establecimientos oficiales y podrá impartirse dentro de los horarios ordinarios, sin discriminación alguna.
El Estado contribuirá al sostenimiento dela enseñanza religiosa sin discriminación alguna.
ARTICULO 73. Libertad de educación y asistencia económica estatal. La familia es fuente de la educación y los padres tienen derecho a escogerla que ha de impartirse a sus hijos menores. El Estado podrá subvencionar a los centros educativos privados gratuitos y la ley regulará lo relativo a esta materia. Los centros educativosprivados funcionarán bajo la inspección del Estado. Están obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de estudio. Los centros educativos privados como centro de cultura gozaránde exención de toda clase de impuestos directos, que graven el patrimonio de los mismos y la renta, siempre que no distribuyan utilidades. La enseñanza religiosa es optativa en losestablecimientos oficiales y podrá impartirse dentro de los horarios ordinarios, sin discriminación alguna. El Estado contribuirá al sostenimiento de la enseñanza religiosa sin discriminación alguna.
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