Reglamento quimicos
MÁQUINAS PARA ELABORAR CÁPSULAS, TABLETAS Y/O COMPRIMIDOS
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Nuevo Reglamento DOF 15-09-1999
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Dirección General de Bibliotecas
REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DEPRECURSORES
QUÍMICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS ESENCIALES Y MÁQUINAS PARA
ELABORAR CÁPSULAS, TABLETAS Y/O COMPRIMIDOS
TEXTO VIGENTE
Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 1999
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados UnidosMexicanos, en ejercicio de la facultad
que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 28, 31, 34, 36 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal y, 1 a 3, 5, 6, 8, 10, 12 a 15, 17, 18, 20 y 21 de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos,
Productos QuímicosEsenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, he tenido a bien
expedir el siguiente
Reglamento de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y
Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar el control de lasactividades reguladas y la
coordinación entre las dependencias competentes para aplicar la Ley Federal para el Control de Precursores
Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos.
Artículo 2.- Para efectos de este Reglamento, se entiende por:
I.
Ley, la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales yMáquinas
para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos;
II.
Merma, los precursores químicos o productos químicos esenciales que se consumen o pierden en el
desarrollo normal de las actividades reguladas;
III.
Merma máxima, la más alta calculada por cada sujeto con base en registros estadísticos o en el control de
inventarios y rendimientos;
IV.
Merma inusual, el excedente ala merma máxima que la substancia hubiere experimentado en el proceso
específico o actividad regulada en la que haya sido utilizada por el sujeto de que se trate durante el año
calendario anterior, y
V.
Procesar, darle a las substancias la presentación final de cápsulas, tabletas o comprimidos.
Son aplicables al presente Reglamento, las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley.Artículo 3.- Las dependencias y el Consejo se coordinarán para la aplicación de los artículos 5, 6, 13 fracción IV,
y 20 de la Ley.
CAPÍTULO SEGUNDO
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REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DE PRECURSORES QUÍMICOS, PRODUCTOS QUÍMICO S ESENCIALES Y
MÁQUINAS PARA ELABORAR CÁPSULAS, TABLETAS Y/O COMPRIMIDOS
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Nuevo Reglamento DOF15-09-1999
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De la Expedición y Modificación de los Acuerdos del Consejo de Salubridad General
Artículo 4.- El Consejo, las dependencias, cámaras empresariales o asociaciones de los sujetos que realicen
cualquiera de las actividades reguladas, podrán proponer las adiciones o supresiones deprecursores químicos o
productos químicos esenciales que se sujetarán o excluirán de la aplicación de la Ley, o bien, la determinación o
modificación de las cantidades o volúmenes de productos químicos esenciales a partir de los cuales serán
aplicables las disposiciones de la misma.
Las propuestas a que se refiere el párrafo anterior, deberán contener una exposición detallada de las razones
por las...
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