RESOLUCION No 017158 DE 2015 1
En la Resolución DDI-017158 del 23 de Abril de 2015 de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, se establecen las personas naturales, jurídicas,consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, el contenido y las características de la información que deben suministrar ante esta entidad.
Mediante esta resolución la Secretaría deHacienda de Bogotá establece que entidades Públicas de nivel nacional y territorial del orden central y descentralizado independientemente del monto de ingresos, personas jurídicas, consorcios, unionestemporales, sociedades de hecho y personas naturales comerciantes, sean o no contribuyentes del impuesto de industria y comercio en Bogotá, que en el año gravable 2014 hayan obtenido ingresos brutosiguales superiores a $109.940.000 de pesos moneda corriente, deberán suministrar información de cada uno de los proveedores a los que le realizaron compra de bienes y lo servicios en Bogotá, durante el añogravable 2014 cuando el monto anual acumulado de los pagos o abonos en cuenta sea igual o superior a ($5.000.000) de pesos.
Otro informe a presentar es a quienes durante el año gravable 2014 hayanrecibido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000); deberán suministrar información de cada una de las personas o entidades de quienes recibieron ingresos o abono encuenta por un valor acumulado igual o superior a veinte millones de pesos ($20.000.000) por concepto de venta de bienes y lo servicios realizados en Bogotá durante el año gravable 2014.
Los agentes deretención del impuesto de industria y comercio que hubieren practicado o asumido retenciones en la ciudad de Bogotá, por concepto de este impuesto durante el año gravable 2014, deberán suministrar la información, en relación al sujeto de retención acerca de a quien se le practicó la retención.
De igual las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas y asimiladas y demás entidades que...
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