Responsabilida Militar
CONVENCION DE OTAWA
➢ CONVENCION DE OTTAWA Firmada en Oslo 18-SEP-1.997
➢ Colombia aprobó ley 554 de 2.000
➢ Entró en vigor 01-marzo-2001
➢ Ley 098 – jun 2002
ART.1 Obligaciones Generales
Cada estado se compromete a nunca, y además bajo
Ninguna circunstancia a:
➢Emplear minas antipersonal
➢ Desarrollar, producir, adquirir de un modo u otro, almacenar, conservar o transferir a cualquiera, directa o indirectamente, minas antipersonal.
➢ Ayudar, estimular o inducir, de una manera u otra, a cualquiera a participar en una actividad prohibida a un estado parte conforme a esta convención.
2. Cada estado parte de la Convención se compromete A:➢ Destruir o asegurar la destrucción de todas las Minas AP de conformidad con lo estipulado en esta Convención; el plazo vence el 31 marzo de 2005.
➢ Se incluyen las minas en deposito o aquellas que estén almacenadas pero no sembradas en los campos Minados de las FF.MM
MINA ANTIPERSONAL
Art. 2 Convención Ottawa – Definiciones
Mina AP. “Por minaantipersonal se entiende toda mina concebida para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que incapacite, hiera o mate a una o más personas”
Mina “Por mina se entiende todo artefacto explosivo diseñado para ser colocado debajo, sobre o cerca de la superficie del terreno u otra superficie cualquiera y concebido para explosionar por la presencia, la proximidad o elcontacto de una persona o un vehiculo.
Art. 3 Convención Ottawa
Excepciones
“Sin prejuicio de las obligaciones contenidas en el ART 1, se permitirá la transferencia de de una cantidad de Minas para el desarrollo de técnicas de detección, limpieza o destrucción de minas y el adiestramiento en dichas técnicas”.
La cantidad de Minas no podrá exceder la cantidad mínima absolutamentenecesaria para desarrollar la capacitación y entrenamiento de desminadores ( 5 % ).
DESTRUCCION DE MINAS ANTIPERSONALES
Art. 4 Convención Ottawa
“Cada Estado se compromete a destruir o asegurar la destrucción de todas las existencias de minas antipersonal que le pertenezcan o posea, o que estén bajo su jurisdicción o control, lo antes posible, y a más tardar en un plazo de 4 años, apartir de la entrada en vigor de esta Convención para ese Estado parte”
Art. 5, numeral 1 Convención Ottawa
“Cada Estado se compromete a destruir o asegurar la destrucción de todas las minas antipersonal colocadas en todas las zonas minadas que estén bajo su jurisdicción o control, lo antes posible, y a más tardar en plazo de 10 años a partir de la entrada en vigor de esta Convención paraese Estado parte”
DESTRUCCION DE MINAS ANTIPERSONALES EN ZONAS MINADAS
Art. 5, numeral 02 Convención Ottawa
“Cada Estado se esforzará en identificar todas las zonas bajo su jurisdicción o control donde se sepa o sospeche que existen Minas antipersonales”.
Así mismo adoptará todas la medidas necesarias, tan pronto como sea posible , para que todas las minas antipersonales en zonas minadasbajo su jurisdicción tengan el perímetro marcado, estén vigiladas, y protegidas por cercas u otros medios para impedir el acceso de civiles, hasta que todas las minas contenidas en dichas zonas hayan sido destruidas.
Art. 5, numeral 03 Convención Ottawa
Si un Estado parte cree que será incapaz de destruir o asegurar la destrucción de todas las Minas antipersonales a las que hace mención enel numeral o párrafo # 1 dentro del periodo establecido, podrá presentar una solicitud a la reunión de Estados parte con objeto que se prorrogue a amplíe el plazo hasta en un máximo de otros 10 años para completar la ubicación y destrucción de dichas Minas.
Art. 6, numeral 01 Convención Ottawa
Cooperación y Asistencia Internacional
En el cumplimiento de sus obligaciones conforme...
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