Resumen resolución número 003673 de 2008
RESOLUCIÓN NÚMERO 003673 DE 2008
Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas
TRABAJO EN ALTURAS: toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 o mássobre un nivel superior
El Ministerio de la Protección social considera la tarea del trabajo en alturas como de alto riesgo y, conforme a las estadísticas nacionales, es la primera causa deaccidentalidad y de muerte en el trabajo.
Esta resolución “aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectoresformales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.”
OBLIGACIONES DE EMPLEADORES
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
REQUERIMIENTOS PARA LOS TRABAJADORESEl empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación de trabajadores que realicen trabajos en alturas, de acuerdo con la actividad económica y la tarea a realizar, teniendo en cuenta lossiguientes aspectos:
* Formación
* Experiencia
* Restricciones en las condiciones de salud
El empleador es el único responsable de la evaluación de las condiciones de aptitudpsicofísica de los empleados, necesaria para realizar trabajo en alturas. Esta evaluación deberá realizarse a través de médicos ocupacionales, antes de realizar la vinculación y por lo menos una vez al año.Esto se realiza para determinar si el trabajador puede realizar en forma eficiente su labor sin causar perjuicio a su salud o la de terceros, establecer la existencia de restricciones que ameritenalguna condición sujeta a modificación e identificar condiciones de salud, que estando presentes en el trabajador, pueden agravarse en desarrollo del trabajo.
Algunas restricciones para realizartrabajo en alturas incluyen las siguientes patologías:
* Metabólicas
* Cardiovasculares
* Mentales neurológicas
* Que generen vértigo o mareo, alteraciones del equilibrio o de la...
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