SERVICIOS PORTUARIOS
Caracas, 23 octubre de 2007
Desde el momento en que la humanidad siente la necesidad de importar, exportar y traficar
bienes de consumo, afronta el reto de utilizar las aguas como vía de comunicación entre los
pueblos , mediante embarcaciones flotantes y surge el comercio marítimo; con el transcurrir
del tiempo aumentó la capacidad de carga de los cada vez más sofisticados buques y en esa
dinámica se presenta la necesidad de utilizar mecanismos de carga y descarga del buque, que
en los inicios de la navegación se ceñía a la utilización de personas y en la actualidad es una
combinación de hombre, máquina y tecnología, lo cual representa un vital elemento en la
ecuación costobeneficio de la actividad naviera.
En líneas generales los servicios portuarios son definidos, utilizados y reglamentados en
forma similar en la mayoría de los países con estructuras portuarias a nivel mundial. A
continuación menciono algunas particularidades, con el propósito de graficar la definición del
término.
La Comunidad Europea considera como servicios portuarios: ...”aquellos servicios técnicos
náuticos de practicaje, remolque y amarre; todas las operaciones de manipulación de carga
(incluidas carga y descarga, estiba, transbordo y otras operaciones de transporte
intraportuario) y los servicios de pasajeros (incluidos embarco y desembarco); dichos servicios
se prestan en el interior de una zona portuaria o vía navegable de acceso y salida de un
puerto o sistema portuario...”
Dentro de la propia Comunidad Europea, encontramos que la Autoridad Portuaria de
Barcelona define a los servicios portuarios como...”las actividades de prestación que consisten
en la consecución de fines que la ley asigna a las Autoridades Portuarias, y se desarrollan en
su ámbito territorial. Los servicios portuarios más importantes son los siguientes: Remolque
Portuario, Amarre y desamarre de Buques y el Servicio de Prácticos”.
En Colombia se maneja el criterio por el cual...”Los servicios que se ofrecen en los puertos se
clasifican en dos tipos, los prestados a las naves y los de la carga. A su vez, estos son
ofrecidos, bien por las Sociedades Portuarias o por los Operadores Portuarios. Según el caso
de la forma de contratación del transporte, el exportador o importador debe tomar en cuenta
los servicios a las naves y/o a la carga”.
El Régimen General de los Servicios Portuarios en Uruguay, diferencia los servicios al buque,
de los Servicios a la Mercadería, entendiéndose como Servicios al Buque, la Asignación de
muelles y zonas de amarre y fondeo, el Remolque, la asistencia en operaciones comerciales
de buques, lanchaje y amarre/desamarre, el practicaje, el dragado, el suministro de agua y
electricidad desde muelle y desde embarcaciones, los servicios telefónicos en los puertos, el
suministro de combustible, la asistencia para salvamento y contra incendios, el servicio contra
incendios desde tierra, el servicio de vigilancia a bordo, los servicios de limpieza, recolección
de residuos y lucha contra la contaminación y las reparaciones navales.
A su vez, los Servicios a la Mercadería comprenden la estiba/desestiba, carga/descarga,
movilización de bultos en tierra y conexos, el transporte automotor, con origen y destino
dentro del recinto portuario, el depósito y almacenamiento, la puesta a disposición de mano
de obra y la puesta a disposición de medios mecánicos.
CASO VENEZOLANO
Nuestra legislación acuática señala como servicios públicos la actividad de pilotaje,
remolcadores y lanchaje y de manera separada establece y define a los servicios portuarios
El Artículo 116 de la Ley Orgánica de ...
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