Sociedad Limitada
Desde la transposición dela Directiva 2003/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado y de la Directiva 2003/124/CE dela Comisión, de 22 de diciembre de 2003, sobre la definición y revelación de la información privilegiada y la definición de manipulación de mercado, la normativa comunitaria sobre abuso de mercado seencuentra plenamente asentada en nuestro ordenamiento jurídico, al igual que sucede en los demás Estados miembros de la Unión Europea. De esta forma existen un conjunto de medidas armonizadastendentes a perseguir y eliminar prácticas relacionadas con la utilización de información privilegiada y la manipulación de cotizaciones, que en definitiva, son conductas que constituyen abuso de mercado.La normativa española sobre abuso de mercado se encuentra, en primer lugar, en el capítulo II del título VII de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. El desarrollo reglamentario delo anterior se recoge en el Real Decreto 1333/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de abuso de mercado, que regulaciertos extremos del régimen de información relevante, así como la Orden ECO/3722/2003, de 26 de diciembre, sobre el informe anual de gobierno corporativo y otros instrumentos de información de lassociedades anónimas cotizadas y otras entidades, en la que se regula lo relativo a la difusión de este tipo de información en las páginas web de los emisores de valores.
Ya en lo relativo a esta ordenministerial, hay que hacer referencia al artículo 82 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que se refiere, entre otras cuestiones, a la consideración de información relevante y a...
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