Timbre De Educacion
Contribuyentes: Las sociedades mercantiles y las subsidiarias de las sociedades extranjeras inscritas en la Sección Mercantil delRegistro Público de la Propiedad.
Base Legal: Ley del timbre de educación y cultura, N° 5923 de 18 de agosto de 1976 y sus reformas.Hecho generador: Inscripción en el Registro Mercantil y todos losactos registrales.Formulario de pago: Recibo oficial de pago D-110, que se obtiene en cualquiera de lasentidades recaudadoras autorizadas con un costo de ¢120, o bien mediante el programa de ayudaEDDI, que puede adquirirlo gratuitamente en las administraciones tributarias ó descargarlo pulsando aquíFecha de pago: En forma previa a la inscripción y a todos los actos registrables. Asimismo, todaslas sociedades mercantiles sea que estén activas o no, deberán pagarlo anualmente, en los meses de febrero y marzo con vencimiento hasta el 31 de marzo.
Tarifa: El cálculo del impuesto se determinade acuerdo al capital neto declarado en el periodo fiscal anterior inmediato, de acuerdo con los siguientes rangos: Rango según el capital neto | Impuesto por pagar |
Hasta ¢250.000.00 | ¢750,00 |Más de ¢250.000.00 hasta ¢1.000.000.00 | ¢3.000.00 |
Más de ¢1.000.000.00 hasta ¢2.000.000.00 | ¢6.000.00 |
Más de ¢2.000.000.00 | ¢9.000.00 |
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Cuáles empresas ycuánto pagan por el Timbre de Educación y Cultura?
RESPUESTA
La Ley establece que las sociedades y las subsidiarias de las sociedades extranjeras inscritas en el Registro Mercantil, pagarán eltimbre de Educación y Cultura. En el acto de inscripción o en cualquier otro acto registrable pagarán ¢750 y anualmente, sobre el capital neto, partiendo de de los datos reportados en la Declaración de laRenta del año inmediato anterior, según la siguiente
tabla:
Hasta ¢250.000.00 | ¢ 750.00 |
Mayor de ¢250.000.00 hasta un millón | ¢ 3.000.00 |
Mayor de un millón hasta 2 millones | ¢ 6.000.00...
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