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Páginas: 8 (1814 palabras) Publicado: 11 de noviembre de 2013
 003824-08-02-2013



7.2


Bogotá D.C.,


Doctora
CLAUDIA PATRICIA HERNANDEZ LEON
Directora Jurídica
Departamento Administrativo de la Función Púbica
Carrera 6 No. 12 – 62
Bogotá, D.C



Asunto: Solicitud de concepto sobre prescripción de prestaciones sociales derivadas del reconocimiento del contrato realidad.


Respetada doctora Claudia Patricia:

A travésdel presente de manera atenta solicitamos una manifestación de la oficina bajo su cargo respecto a los alcances de las sentencias proferidas por el Consejo de Estado que se identifican a continuación, referidas al término de prescripción de derechos y prestaciones sociales derivadas o como consecuencia de la declaratoria del “contrato realidad”. La justificación a dicha solicitud se explica por losiguiente:

En el marco de la asesoría que esta Dirección presta a las entidades territoriales ha generado gran preocupación la lectura que algunas entidades dan a la sentencia proferida por la Sala Plena de la Sección Segunda del Consejo de Estado, de 19 de febrero de 2009, expediente 3074-2005, actora: Ana Reinalda Triana Viuchi, M.P. Dra. Bertha Lucía Ramírez de Páez, la cual a su vez sirvede referente a la decisión que se tomó el mismo Consejo de Estado1 el 23 de septiembre de 2010 No. Interno: 0196-2010 y en la cual se lee lo siguiente:

“Esta Sala en anteriores oportunidades, ha declarado la prescripción trienal de los derechos que surgen del contrato realidad, aceptando que dicho fenómeno se interrumpe desde la fecha de presentación de la solicitud ante la Entidad demandada.Sin embargo, mediante sentencia de 19 de febrero de 2009, expediente 3074-2005, actora: Ana Reinalda Triana Viuchi, M.P. Dra. Bertha Lucía Ramírez de Páez, la Sala Plena de la Sección Segunda replanteó este criterio por las razones que a continuación se explican:

“De conformidad con algunos estatutos que han regido esta materia, los derechos prescriben al cabo de determinado tiempo o plazocontado a partir de la fecha en que ellos se hacen exigibles, decisión que se adopta con base en el estatuto que consagra dicho fenómeno. (Vr. Gr. Dto. 3135/68 art. 41)

En situaciones como la presente en las cuales no hay fecha a partir de la cual se pueda predicar la exigibilidad del derecho, no es procedente sancionar al beneficiario con la prescripción o extinción del derecho que reclama; enefecto, en estos asuntos en los cuales se reclaman derechos laborales no obstante mediar un contrato de prestación de servicios, no hay un referente para afirmar la exigibilidad de salarios o prestaciones distintos al valor pactado en el contrato.

Es a partir de la decisión judicial que desestima los elementos de la esencia del contrato de prestación de servicios que se hace exigible lareclamación de derechos laborales tanto salariales como prestacionales, porque conforme a la doctrina esta es de las denominadas sentencias constitutivas, ya que el derecho surge a partir de ella, y por ende la morosidad empieza a contarse a partir de la ejecutoria de esta sentencia.

Se insiste, tratándose del principio de la primacía de la realidad sobre las formalidades, la existencia de laobligación emanada de la relación laboral y los derechos determinados no son exigibles al momento de la presentación del simple reclamo ante la Entidad, sino que nacen a partir de la sentencia, y su exigibilidad desde su ejecutoria. (…)

Por lo tanto, entendiendo que el término trienal de prescripción se cuenta a partir del momento en que la obligación se hizo exigible en la sentencia ejecutoriada, esjustamente a partir de este momento que se contarían los tres (3) años de prescripción de los derechos de la relación laboral hacía el futuro, situación que operaría en caso de que continuara la relación laboral, empero como el sub-lite se contrae al reconocimiento de una situación anterior no existe prescripción pues la obligación, como se dijo, surge con la presente sentencia, tesis que la...
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