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CÓDIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES)
PERSONAS Y ENTIDADES GENERADORES DE
RENTA DE TERCERA CATEGORÍA
(279) Tabla I sustituida por el Artículo 51° del Decreto Legislativo N° 981, publicado el 15 de marzo de
2007.
Infracciones
1. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA
OBLIGACIÓN
DE
INSCRIBIRSE,
ACTUALIZAR
O
ACREDITAR LA INSCRIPCIÓN EN LOSREGISTROS DE LA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
No inscribirse en los registros de la Administración
Tributaria, salvo aquellos en que la inscripción constituye
condición para el goce de un beneficio.
Proporcionar o comunicar la información, incluyendo la
requerida por la Administración Tributaria, relativa a los
antecedentes o datos para la inscripción, cambio de
domicilio, oactualización en los registros, no conforme
con la realidad.
Obtener dos o más números de inscripción para un mismo
registro.
Utilizar dos o más números de inscripción o presentar
certificado
de
inscripción
y/o
identificación
del
contribuyente falsos o adulterados en cualquier actuación
que se realice ante la Administración Tributaria o en los
casos en que se exija hacerlo.
No proporcionaro comunicar a la Administración
Tributaria informaciones relativas a los antecedentes o
datos para la inscripción, cambio de domicilio o
actualización en los registros o proporcionarla sin
observar la forma, plazos y condiciones que establezca la
Administración Tributaria.
No consignar el número de registro del contribuyente en
las comunicaciones, declaraciones informativas u otrosdocumentos similares que se presenten ante la
Administración Tributaria.
No proporcionar o comunicar el número de RUC en los
procedimientos, actos u operaciones cuando las normas
tributarias así lo establezcan.
2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA
OBLIGACION
DE
EMITIR,
OTORGAR
Y
EXIGIR
COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS
No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago odocumentos complementarios a éstos, distintos a la guía
de remisión.
Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los
requisitos y características para ser considerados como
comprobantes
de
pago
o
como
documentos
complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión.
Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos
complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión,que no correspondan al régimen del deudor tributario o al
tipo de operación realizada de conformidad con las leyes,
reglamentos o Resolución de Superintendencia de la
SUNAT.
Referencia
Artículo 173°
Sanción
Numeral 1
Numeral 2
1 UIT o comiso
o internamiento
temporal del
vehículo (1)
50% de la UIT
Numeral 3
50% de la UIT
Numeral 4
50% UIT
Numeral 5
50% de laUIT
o comiso (2)
Numeral 6
30% de la UIT
Numeral 7
30% de la UIT
Artículo 174°
Numeral 1
Cierre
(3)(3-A)
(280)
Numeral 2
50% de la UIT
o cierre
(3) (4)
Numeral 3
50% de la UIT
o cierre (3) (4)
Infracciones
Transportar bienes y/o pasajeros sin el correspondiente
comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de
pasajeros y/u otro documento previstopor las normas
para sustentar el traslado.
Transportar bienes y/o pasajeros con documentos que no
reúnan los requisitos y características para ser
considerados como comprobantes de pago o guías de
remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que
carezca de validez.
No obtener el comprador los comprobantes de pago u
otros documentos complementarios a éstos, distintos a la
guíade remisión, por las compras efectuadas, según las
normas sobre la materia.
No obtener el usuario los comprobantes de pago u otros
documentos complementarios a éstos, distintos a la guía
de remisión, por los servicios que le fueran prestados,
según las normas sobre la materia.
Remitir bienes sin el comprobante de pago, guía de
remisión y/u otro documento previsto por las normas para...
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