tp fallos
Ricardo Luis Lorenzetti
Elena Highton de Nolazco
Carlos S. Fayt
Juan Carlos Maqueda
E. Raúl Zafaronni
Carmen M. Argibay
4- Se interponedemanda ante la corte suprema de justica contra, Estado Nacional, Provincia de Buenos Aires,Gobierno de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires y a empresas.
La corte resuelve:
-NO hacer lugar a la acumulaciónobjetiva de pretensiones según alcance precisado en el considerando 6º ( la primera se refiere al resarcimiento de la lesión de bienes individuales, son las personas que se dettallan en elconsiderado primero, y la segunda pretensión tiene por objeto la defensa del bien de incidencia colectiva, configurado por el ambiente).
- Declarar la competencia originaria del Tribunal con respecto a laspretensiones concernientes a la prevención, recomposición y el resarcimiento del daño colectivo
- Declarar la incompetencia de esta Corte para conocer la instancia originaria con respecto a la demandapor el resarcimiento de los daños y perjuicios individuales.
Con respecto a las Empresas:
-Requerir a la empresa demandas para que en el plazo de 30 dias informen sobre los siguientes puntos:
1-líquidos que arrojan al rio, volumen, cantidad y descripción.
2- si existen sistemas de tratamiento de los residuos.
3- si tienen seguros contratados en los términos del articulo 22 de la ley25.675
Con respecto al Estado:
Requerir al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autonoma de Buenos Aires y al cofema para que en el plazo de 30 dias presenten un planintegrado, dicho plan deberá integrar:
1- Un ordenamiento ambiental.
2- El control sobre el desarrollo de las actividades antrópicas, “ teniendo en cuenta los aspectos políticos, físicos, sociales,tecnológicos, culturales, económicos, jurídicos y ecológicos de la realidad social, regional y nacional.
3- Estudio de impactos ambiental de las 44 empresas involucradas
4- Un programa de educación...
Regístrate para leer el documento completo.