Uc universidad
El Estado, con la participación activa de la sociedad, debe garantizar programas de información y educaciónsobre estas materias, dirigidos a los niños, adolescentes y sus familias.
Artículo 44. Protección de la Maternidad. El Estado debe proteger la maternidad. A tal efecto, debe garantizar a todas lasmujeres servicios y programas de atención, gratuitos y de la más alta calidad, durante el embarazo, el parto y la fase post natal. Adicionalmente, debe asegurar programas de atención dirigidosespecíficamente a la orientación y protección del vínculo materno-filial de todas las niñas y adolescentes embarazadas o madres.
Artículo 50. Salud Sexual y Reproductiva. Todos los niños y adolescentes tienenderecho a ser informados y educados, de acuerdo a su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsable, sana, voluntaria y sin riesgos.
ElEstado, con la activa participación de la sociedad, debe garantizar servicios y programas de atención de salud sexual y reproductiva a todos los niños y adolescentes. Estos servicios y programasdeben ser accesibles económicamente, confidenciales, resguardar el derecho a la vida privada de los niños y adolescentes y respetar su libre consentimiento, basado en una información oportuna y veraz. Losadolescentes mayores de 14 años de edad tienen derecho a solicitar por si mismos y a recibir servicios.
Artículo 51. Protección Contra Sustancias Alcohólicas Estupefacientes y Psicotrópicas....
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