M todos para Evitar la Doble tributaci n
Doble tributación
Convenio Peru - Chile
"CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA
REPUBLICA DE CHILE PARA EVITAR LA DOBLE
TRIBUTACION Y PARA PREVENIR LA EVASION FISCAL ENRELACION AL IMPUESTO A LA RENTA Y AL PATRIMONIO"
Título V
Art. 23 Eliminación de la doble Tributación:
1. En el caso de la República de Chile, la doble tributación se evitará de la manera siguiente:
a)las personas residentes en Chile que obtengan rentas que, de acuerdo con las disposiciones
del presente Convenio, puedan someterse a imposición en el Perú, podrán acreditar contra los
impuestoschilenos correspondientes a esas rentas los impuestos aplicados en el Perú, de
acuerdo con las disposiciones aplicables de la legislación chilena. Este párrafo se aplicará a todas
las rentas tratadas eneste Convenio.
b) cuando de conformidad con cualquier disposición del presente Convenio, las rentas obtenidas
por un residente de Chile o el patrimonio que éste posea estén exentos de imposición enChile,
Chile podrá, sin embargo, tener en cuenta las rentas o el patrimonio exentos a efectos de
calcular el importe del impuesto sobre las demás rentas o el patrimonio de dicho residente.
"CONVENIOENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA REPUBLICA DE CHILE
PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION Y PARA PREVENIR LA EVASION
FISCAL EN RELACION AL IMPUESTO A LA RENTA Y AL PATRIMONIO"
Título V, Art.23
2. En el casodel Perú, la doble tributación se evitará de la manera siguiente:
a. Perú permitirá a sus residentes acreditar contra el impuesto a la renta a pagar en el Perú, como
crédito, el impuesto chilenopagado por la renta gravada de acuerdo a la legislación chilena y las
disposiciones de este Convenio. El crédito considerado no podrá exceder, en ningún caso, la parte
del impuesto a la renta del Perú,atribuible a la renta que puede someterse a imposición de Chile.
b. Cuando de conformidad con cualquier disposición del presente Convenio, las rentas obtenidas
por un residente del Perú o el patrimonio...
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