T 268 10

Páginas: 88 (21820 palabras) Publicado: 31 de agosto de 2015
Sentencia T-268/10
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALESCausales genéricas y especiales de procedibilidad
DEFECTO PROCEDIMENTAL-Prevalencia del derecho sustancial
sobre las formas/DEFECTO PROCEDIMENTAL-Por exceso ritual
manifiesto
La Corte Constitucional ha señalado que, por disposición del artículo 228
Superior, las formas no deben convertirse en un obstáculo para la
efectividad delderecho sustancial, sino que deben propender por su
realización. Es decir, que las normas procesales son un medio para lograr la
efectividad de los derechos subjetivos y no fines en sí mismas. Ahora bien,
con fundamento en el derecho de acceso a la administración de justicia y en
el principio de la prevalencia del derecho sustancial, esta Corporación ha
sostenido que en una providencia judicialpuede configurarse un defecto
procedimental por “exceso ritual manifiesto” cuando hay una renuncia
consciente de la verdad jurídica objetiva evidente en los hechos, por extremo
rigor en la aplicación de las normas procesales.
EXCESO RITUAL MANIFIESTO-Configuración
DEFECTO SUSTANTIVO-Configuración y alcance
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA-Se incurre en defectoprocedimental por exceso ritual manifiesto y sustantivo cuando la
autoridad judicial considera que no es auténtico un memorial que carece
de firma
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA-Vulneración al debido
proceso, igualdad y acceso efectivo a la administración de justicia al
declarar improcedente por extemporáneo recurso de súplica
Las consideraciones que se han hecho enesta providencia llevan a la Sala a
revocar la sentencia que se revisa y, en su lugar, a tutelar en favor de la
accionante sus derechos fundamentales a la igualdad, al debido proceso y al
acceso efectivo a la administración de justicia, en armonía con el principio de
primacía del derecho sustancial, consagrados en los artículos 13, 29 229 y
228 de la Constitución Política, que están siendovulnerados en este caso por
la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, mediante el auto de fecha 19 de
junio de 2009, proferido en el proceso de restitución de inmueble arrendado,
adelantado por Chevor S.A. contra Almacenes Éxito S.A. Como consecuencia,
la Corte dejará sin valor y sin efectos jurídicos el mencionado auto del 19 de
junio de 2009 y ordenará a la entidad judicial accionada que resuelvade
fondo las peticiones que contiene el recurso de súplica interpuesto, en virtud

Expediente T-2483488.

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de que la falta de certeza sobre la autoría del memorial fue el único motivo
por el cual dicho recurso fue declarado improcedente por extemporáneo.
Referencia: expediente T-2483488
Acción de tutela interpuesta por
Almacenes Éxito S.A. contra la Sala Civil
del Tribunal Superior de Bogotá.Magistrado Ponente:
Dr. JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de abril de dos mil diez (2010).
La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los
Magistrados Jorge Iván Palacio Palacio, Nilson Pinilla Pinilla y Jorge Ignacio
Pretelt Chaljub, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
profiere la siguiente:
SENTENCIA
dentro del proceso derevisión del fallo dictado por la Corte Suprema de
Justicia, Sala de Casación Laboral, en la acción de tutela instaurada por
Almacenes Éxito S.A. contra la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.
I. ANTECEDENTES.
Almacenes Éxito S.A. interpone acción de tutela contra la Sala Civil del
Tribunal Superior de Bogotá, por considerar vulnerados los derechos
fundamentales al debido proceso, a ladefensa, a la doble instancia, al libre
acceso a la administración de justicia, a la igualdad y al sometimiento de las
decisiones judiciales al imperio de la ley, con ocasión del auto dictado por esa
autoridad judicial el 19 de junio de 2009, dentro del proceso de restitución de
bien inmueble arrendado adelantado por Chevor S.A. contra Almacenes Éxito
S.A. Para fundamentar su solicitud la accionante...
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