Agravios En Materia Fiscal
PRIMERO.- Para Ariel Alberto Rojas Caballero, Juez de Distrito en Materia Administrativa y destacado jurista mexicano la Seguridad Jurídica es: “…la certeza, protección, firmeza y claridadde las normas jurídicas y su aplicación, esto es, que el gobernado sabe perfectamente a qué se atiene”. El Estado Mexicano reconoce el derecho a la Seguridad Jurídica y lo garantiza a través delprincipio de legalidad consagrado en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles yposesiones, si no en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento”. Del citado artículo constitucional se desprende que, el escrito de todaautoridad que pretenda afectar la esfera jurídica de cualquier gobernado deberá, irremediablemente estar firmado de puño y letra por la autoridad que lo emite. Lo anterior es requisito indispensablepara dar seguridad jurídica al gobernado e irrestricto cumplimiento a la garantía de seguridad jurídica establecida en nuestra norma fundamental. Ya que siendo así el gobernado tiene la certeza deque el acto de autoridad que pretende afectar su esfera jurídica fue consentido y autorizado por una autoridad competente y no por otra persona distinta. De igual forma, El Código Fiscal de laFederación plenamente vigente respeta el principio de seguridad jurídica que la Constitución General de la República establece, ya que en su artículo 38 enumera los requisitos fundamentales que toda autoridadadministrativa debe observar al afectar la esfera jurídica de los gobernados y en específico, debido al agravio que nos ocupa, el primer párrafo de la fracción V del citado artículo reza: Ostentar lafirma del funcionario competente y, en su caso, el nombre o nombres de las personas a las que vaya dirigido. Cuando se ignore el nombre de la persona a la que va dirigido, se señalarán los datos...
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