Articulo 51
para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto derivados de
esos créditos."
Preguntas en caso de incapacidad o fallecimiento del acreditado
¿Quién tienederecho a reclamar la casa si no tengo testamento?
El beneficiario que esté designado por el titular ante el IMSS o en su caso el que designe la Junta de Conciliación y Arbitraje.
¿Qué pasa sinadie notifica el fallecimiento del acreditado?
El crédito continúa vigente y no se podrá liberar hasta que el beneficiario concluya el proceso de liberación por medio del autoseguro en el Infonavit.Por eso, es importante que si muere el titular del crédito se notifique al Infonavit y comiencen los trámites de liberación del crédito.
Falleció el titular del crédito, ¿qué tengo que hacer parareportarlo al Infonavit y quién tiene que seguir pagando ese crédito?
El Infonavit cuenta con un seguro para los casos en que fallezca el acreditado, el cual cubre el saldo total del crédito. Si eres elbeneficiario llama a Infonatel desde cualquier parte del país para que reportes tu caso y hacerlo efectivo.
Todo crédito hipotecario es automáticamente respaldado por un seguro de vida que la personaque hace el crédito es obligado a pagar junto con la cuota de su préstamo, el cual respalda el saldo total de la deuda, en el caso de las personas que cuenten con crédito Infonavit aplica losiguiente:
El Autoseguro finiquita la deuda y puedes liberar el crédito en caso de defunción, para esto debes de realizar los siguientes paso:
Comunícate a Infonatel 9171-5050 en la ciudad de México;01800-008-3900 desde el interior de la república y solicita un caso de servicio para la atención de tu trámite. Ten a la mano el Acta de de Defunción del titular del crédito.
Acude a la Gerencia de Cobranza...
Regístrate para leer el documento completo.