Civil
1.1. La persona y la personalidad
1.1.1. Persona
Persona se define como el hombre revestido de su dignidad y titular de unos derechos inviolables reconociendo el libre desarrollo de la personalidad.
Desde el punto de vista jurídico ha de sostenerse que todo hombre es persona. Por tanto, en el ámbito jurídico, elreconocimiento al ser humano como persona significa reconocerle "la aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones o, si se quiere de relaciones jurídicas. Pero significa sobre todo que las normas jurídicas han de darse y aplicarse teniendo en cuenta la dignidad del hombre como persona y sus atributos".
La Constitución española de 1978 recoge en su artículo 10, el valor esencial de la persona:“La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás, son fundamento del orden político y de la paz social”.
1.1.2. Personalidad
En términos jurídicos el concepto de personalidad hace referencia al reconocimiento de alguien como sujeto de derechos y obligaciones: bien porque seanaturalmente idóneo para ello (persona) o bien porque el derecho positivo así lo ha estimado conveniente (persona jurídica).
Ese reconocimiento (que se produce desde el nacimiento de una persona tanto física como jurídica) lleva aparejada la inmediata titularidad de derechos y obligaciones (capacidad jurídica), aunque no capacidad para ejercitarlos (capacidad de obrar).
1.2. Comienzo de lapersonalidad
La adquisición de la personalidad y capacidad jurídica tiene lugar con el nacimiento. En este sentido el Código Civil establece en su artículo 29 que: “EI nacimiento determina la personalidad: pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente”.
En este sentido según el artículo 30 delCódigo Civil: "A los efectos civiles, se considerará como nacido al feto que tenga figura humana y viva al menos veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno."
Prueba de nacimiento
La prueba del nacimiento es la inscripción en el Registro Civil, en el que se hace constar el hecho, hora y lugar del mismo, sexo y la filiación; así como en el caso de partos múltiples la prioridadentre ellos.
La inscripción se realiza por la declaración del padre o de la madre o el pariente más cercano, adjuntando el parte del nacimiento firmado por el profesional que atendió el parto.
El plazo de inscripción se podrá realizar entre las veinticuatro horas después del nacimiento y los ocho días posteriores al mismo; en el Registro Civil donde tuvo lugar el nacimiento.
1.3. El concebido1.4. Extinción de la personalidad individual
La personalidad se puede extinguir por: la muerte, la prueba de muerte, la declaración de fallecimiento, la premoriencia o comorienda.
1.4.1. Muerte
El artículo 32 del Código Civil establece que “la personalidad civil se extingue por la muerte”.
Se contempla por tanto el momento en el que se pone fin a la capacidad jurídica, pero no se precisa elmomento de determinación de la muerte real. Serán los médicos los que certifiquen exactamente el momento de referencia a partir del cual ésta surte sus efectos.
La Ley del Registro Civil establece que la inscripción de defunción hace fe de la fecha, hora y lugar en que acontece la muerte y que para proceder inscribir será necesaria certificación medica de la existencia de señales inequívocas demuerte.
Para la obtención y utilización clínica de órganos el Reglamento de la Ley 30/1979 aprobada por Real Decreto 2070/1999 de 30 de diciembre, dice que la extracción de órganos del fallecido solo podrá hacerse previa comprobación y certificación de la muerte. Esta podrá certificarse tras la confirmación del cese irreversible de las funciones cardiorrespiratorias o del cese irreversible de las...
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