Comite dicriminacion de la mujer
CEDAW
Creación y composición del Comité
En el artículo 17 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se establece el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, con el fin de examinar los progresos realizados en la aplicación de sus disposiciones.
Segúnla Convención, el Comité está integrado por 23 expertos elegidos por sufragio secreto de una lista de personas "de gran prestigio moral y competencia en la esfera abarcada por la Convención", propuestas por los Estados Partes. En la elección de los miembros del Comité, se tiene en cuenta la distribución geográfica equitativa y la representación de diversas civilizaciones y sistemas jurídicos. Elmandato de los miembros del Comité tiene cuatro años de duración. Aunque estén propuestos por sus propios gobiernos, los miembros desempeñan el cargo a título personal y no como delegados o representantes de sus países de origen.
La composición del Comité es notablemente distinta de la de otros órganos de derechos humanos creados en virtud de tratados. En primer lugar, el Comité desde suscomienzos, y con una sola excepción, ha estado integrado exclusivamente por mujeres. Los miembros proceden y siguen procediendo de una gran variedad de medios profesionales. El caudal de experiencia del Comité se manifiesta favorablemente en los procedimientos de examen y comentario de los informes presentados por los Estados Partes.
¿Qué hace el Comité?
El Comité funciona como un sistema devigilancia con el fin de examinar la aplicación de la Convención por los Estados que la hubieren ratificado o se hubieren adherido a ella. Esto se hace principalmente mediante el examen de los informes presentados por los Estados Partes. El Comité estudia esos informes y formula propuestas y recomendaciones sobre la base de su estudio. También puede invitar a organismos especializados de las NacionesUnidas a que envíen informes para su estudio y puede recibir información de organizaciones no gubernamentales. El Comité informa todos los años sobre sus actividades a la Asamblea General a través del Consejo Económico y Social, el cual transmite estos informes a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer para su información.
El Comité se reúne durante dos semanas todos los años.Es la reunión más breve de todos los comités creados en virtud de un tratado de derechos humanos.
¿Cómo informa un Estado Parte al Comité?
En virtud del artículo 18 de la Convención, los Estados Partes se comprometen a someter al Secretario General de las Naciones Unidas un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que hayan adoptado de conformidadcon las disposiciones de la Convención. Esos informes ha de examinarlos el Comité.
Todo Estado Parte presentará su informe dentro del año siguiente a su ratificación o adhesión a la Convención. Los informes sucesivos se presentarán por lo menos cada cuatro años o cuando el Comité lo solicite.
Al ratificar la Convención o adherirse a ella, los Estados Partes contraen la obligación jurídicade presentar informes puntuales y completos. Muchos Estados han incumplido esta obligación. Sea cual fuere el motivo, el resultado es una gran cantidad de informes pendientes y una gran parte de informes incompletos o inadecuados. Hasta octubre de 1993, eran 72 los Estados Partes en la Convención (unos dos tercios del número total de Estados Partes) que aún no habían presentado los informes dentrodel plazo previsto.
El proceso de presentación de informes es difícil y la elaboración de informes puede ser una tarea compleja y laboriosa. Algunas dificultades al respecto se deben a falta de personal, de experiencia y de recursos en el ministerio o departamento correspondiente. La recogida de información puede facilitarse mediante la colaboración entre el organismo que presente el informe...
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