economia
Y si la economía crece bien y la demandainterna se fortalece, la inversión encuentra un escenario óptimo de desarrollo. Y si a la estabilidad macroeconómica se le agrega la estabilidad institucional, mucho mejor. Manteniendo la confianza comouno de los países emergentes más rentables de la región.
Que la Ley 1607 de 2012 mediante el artículo 167 sustituyó el impuesto global a la gasolina y al ACPM al que se referían los artículos 58 y59 de la Ley 223 de 1995, como también el IVA a los combustibles consagrado en el Título IV del Libro 111 del Estatuto Tributario y demás normas pertinentes, por el Impuesto Nacional a la Gasolina y aIACPM. Que el artículo 169 de la Ley 1607 de 2012, en concordancia con el inciso cuarto del artículo 1 del Decreto 4048 de 2008 relativo a la competencia funcional, prevé que corresponde a la UnidadAdministrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, el recaudo y la administración del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM a que se refiere el artículo 167 de esa Ley,...
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