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DE LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS
Leoni Raúl Amaya Ayala*
I. Introducción
El nuevo Código de Protección y Defensa del Consumidor ha establecido los controles de forma y contenido como mecanismos para proteger a los adherentes de las cláusulas vejatorias o abusivas. Hay control formal cuando se busca que hacer que el consumidor esté protegidomediante el traslado de información suficiente sobre el contrato que va a firmar o bien asegurándole al menos que tenga el acceso a las condiciones a las que se va someter. Existe control de contenido, cuando se prejuzga el carácter abusivo de una término contractual o se deja en manos del órgano resolutivo correspondiente la determinación de una cláusula abusiva.
El control formal nunca hafuncionado, aisladamente, como mecanismo adecuado para que el consumidor esté protegido de las cláusulas abusivas y ello porque resulta increíble pensar que los consumidores, recojan cláusulas abusivas de equilibrio que se colocan en el mercado mediante formularios contractuales, contratos por adhesión o cláusulas generales de contratación1. En efecto, las cláusulas abusivas o vejatorias son pensadas yredactadas por los adherentes, y en ello no hay la mínima intervención por parte de los contratantes que únicamente lo toman o lo dejan todo, esto es en bloque.
Veremos en las siguientes líneas las opciones que ha elegido el legislador para regular, por primera vez, y de manera unificada los controles contra los términos contractuales que, en contra del principio de la buena fe, generan undesequilibrio importante de obligaciones y derechos entre las partes en beneficio del estipulante.
II. Nuestra sociedad de masa
El consumo, como acto humano, ya no sólo debería ser analizado o estudiado como acto en el cual se aprecia la diferencia existente en el manejo de información entre el proveedor y el consumidor y usuario. Tampoco debería considerarse el acto aislado de compra o elefecto utilitario de éste como relevante, como dato único para evaluar la racionalidad de las personas. El consumo es un acto complejo y no debe ser visto, únicamente, en base a los postulados de la teoría económica, sino tomando en cuenta, fundamentalmente por los estudios de la psicología y la sociología.
El consumidor sufre pues condicionamientos sicológicos, además de sociales: él esciertamente un homo sociologicus, pero también un psychological man. Son los mecanismos de formación de las motivaciones sobre las que se basan las elecciones de consumo y sobre los que, en base a los conocimientos así adquiridos, se elaboran estrategias idóneas a condicionarlas.
Alessandro Somma informa que estos estudios se han profundizado desde los tiempos de la escuela de otro investigador,Frankfurt, con sus análisis sobre la esencia íntimamente totalitaria de la sociedad industrial, que utiliza la técnica para condicionar y nivelar el comportamiento individual. Esta última –aplicada a la comunicación de masa– permite, entre otras cosas, atraer la atención sobre la estética de los bienes de consumo, creando consumidores desinteresados en el valor de uso de las mercaderías.
Se vislumbraasí como el homo sociologicus y el psychological man aluden a modelos de comportamiento humano que necesitan de formas de protección no limitadas al incremento de las informaciones destinadas al consumidor.
Y es que se detecta fácilmente cómo un sistema de protección construido a la medida del homo oeconomicus se fija únicamente en el momento de formación del contrato y revive prospectivas quellevan a descuidar el contexto económico y social típico en el que operan las partes. Tal sistema conduce en otras palabras a volver en términos absolutos las construcciones abstractas e irreales predispuestas por la ciencia económica, con sus descripciones del individuo como “hombre racional maximizador de sus fines en la vida y de su satisfacción personal”, como lo ha señalado Posner.2-3...
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