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A fin de superar esta situación, el 1 de marzo del 2006 se ha publicado en el diario oficial la Ley N° 28677, Ley de Garantías Mobiliarias (en adelante, LGM), cuerpo normativo que entrará en vigencia a partir del 30 de mayo próximo y que concentrará la regulación de todas las garantías que se pueden dar sobre bienes muebles para asegurarobligaciones crediticias, presentes o futuras, determinadas o determinables, sujetas o no a modalidad. Para esto, dicha norma deroga los artículos 1055 al 1090 del Código Civil (referidos a la garantía prendaria) y otras disposiciones del Código de Comercio, de la Ley de Bancos, Ley General de Industrias, entre otras.
Los principales aspectos de la norma son los siguientes:
1. Creación delRegistro Mobiliario de Contratos
La LGM crea el Registro Mobiliario de Contratos, en el que se inscribirán las garantías y sus modificaciones posteriores. Este registro reemplazará y eliminará a los actuales 16 registros prendarios existentes, y estará conformado por una única base de datos centralizada para todo el país, la cual será administrada y regulada por la Sunarp.
En efecto, la LGM haautorizado la creación del Sistema Integrado de Garantías y Contratos sobre Bienes Muebles (en adelante, SIGCBM) el cual, a través del sistema de índices de búsqueda, que será diseñado por la Sunarp, y que permitirá al público en general acceder a todos los asientos electrónicos que registren actos inscritos, otorgados por una misma persona tanto en el Registro Mobiliario de Contratos como en todos losRegistros de Bienes.
2. Bienes comprendidos en la norma
La garantía mobiliaria podrá comprender uno o varios bienes muebles específicos, o también categorías genéricas de estos. Igualmente, el constituyente podrá entregar en garantía la totalidad de sus bienes muebles, sean presentes o futuros, corporales o incorporales.
Así, a manera de ejemplo podemos mencionar que podrán ser objeto degarantía mobiliaria:
• Los vehículos terrestres de cualquier clase;
• naves y aeronaves;
• el saldo de cuentas bancarias, depósitos y ahorros bancarios;
• acciones o participaciones en sociedades o asociaciones;
• derechos a dividendos o utilidades de sociedades;
• derechos patrimoniales de autor, inventor, marcas, nombres comerciales;
• toda clase de títulos valores, a excepcióndel cheque;
• pólizas de seguros;
• maquinarias diversas;
• bienes mueble dados en arrendamiento financiero; etc.
Igualmente, se establece que no podrán ser entregados como garantía mobiliaria los denominados bienes inembargables (bienes constituidos en patrimonio familiar; vehículos, máquinas, utensilios y herramientas indispensables para el ejercicio directo de la profesión; lasremuneraciones y pensiones, cuando no excedan de 5 URP; entre otras).
Por otro lado, en nuestra legislación aún vigente, la garantía solo comprende la deuda principal, salvo pacto expreso en contrario de las partes que incluya algún otro concepto. Pues bien, la LGM ha establecido que, salvo pacto en contrario, la garantía no sólo comprenderá la deuda principal, sino también los intereses,comisiones, gastos, primas de seguro pagadas por el acreedor garantizado, costas y costos procesales, gastos de custodia y conservación del bien, penalidades, indemnización por daños y perjuicios. Esto es, a diferencia de lo previsto en el Código Civil, la LGM ha dispuesto que la regla será que la garantía comprenda todos estos conceptos; la excepción es que sólo incluya la deuda principal.
3. Pactocomisorio
Una de las más llamativas innovaciones de la norma es la admisión del pacto comisorio. Este pacto, en la actualidad prohibida expresamente por el artículo 1066 del Código Civil, permitirá que el acreedor pueda adjudicarse el bien garantizado como parte de pago ante el incumplimiento del deudor. Para tal fin, el acreedor deberá comunicar notarialmente al deudor su interés de adjudicarse el...
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