Legalidad del cierre de establecimiento por incumplimiento de obligaciones tributarias
Legalidad del cierre de establecimiento por incumplimiento de obligaciones tributarias
Por estos días nuestra capacidad de asombro es un producto cada vez más escaso, esto es particularmente lamentable, cuando se trata de acostumbrarnos a los constantes atropellos del que es objeto el sector productivo del país por parte de la Administración Tributaria. Escucharla noticia sobre cierres masivos de establecimiento ya no es algo que llame la atención de muchos, en vista de lo reiterado y masificado de esta medida, el que no haya sido cerrado, que tire la primera piedra….
El cierre de establecimiento es una sanción accesoria establecida en el Código Orgánico tributario en los artículos 101 y 102, derivada del incumplimiento de deberes formales vinculadoscon el Impuesto al consumo, conocido por todos como IVA. Es así como el Artículo 101 señala “…Cuando se trate de impuestos al consumo y el monto total de las facturas, comprobantes o documentos dejados de emitir exceda de doscientas unidades tributarias (200 U.T.) en un mismo periodo, el infractor será sancionado además con clausura de uno (1) hasta cinco (5) días continuos de la oficina, local oestablecimiento en que se hubiera cometido el ilícito…”.
A su vez, el Artículo 102 establece “…En caso de impuestos indirectos, la comisión de los ilícitos tipificados en cualesquiera de los numerales de este artículo, acarreará, además de la sanción pecuniaria, la clausura de la oficina, local o establecimiento, por un plazo máximo de tres (3) días continuos….” Cuáles son estos ilícitos?,veamos:
- No llevar los libros y registros contables y especiales exigidos por las normas respectivas.
- Llevar los libros y registros contables y especiales sin cumplir con las formalidades y condiciones establecidas por las normas correspondientes, o llevarlos con atraso superior a un (1) mes.
- No llevar en castellano o en moneda nacional los libros de contabilidad y otrosregistros contables, excepto para los contribuyentes autorizados por la Administración Tributaria a llevar contabilidad en moneda extranjera.
- No conservar durante el plazo establecido por las leyes y reglamentos los libros, registros, copias de comprobantes de pago u otros documentos; así como, los sistemas o programas computarizados de contabilidad, los soportes magnéticos o el microarchivos.
Hasta este punto, se puede presumir que el órgano rector tributario actúa perfectamente ajustado a derecho cada vez que decide el cierre de establecimiento por las causales mencionadas. El estudio de la legalidad en los cierres de establecimientos no puede hacerse de forma generalizada, pues cada caso reviste aspectos muy particulares, sin embargo existen causales de cierres tangeneralizadas, que nos permiten efectuar algún análisis de utilidad para los contribuyentes. En este estudio se revisará la legalidad del cierre de establecimientos desde dos ópticas distintas que nos arroja la jurisprudencia nacional.
En un primer análisis,es importante discurrir sobre los criterios adoptados por los representantes de la Administración tributaria a la hora de fiscalizar y dictaminar el incumplimiento de normas tributarias. De la observación de los informes sobre cierres de establecimientos, es evidente que en muchos de los informes sobre cierres de establecimientos, es evidente que en muchos de los casos, la causal principal es laestablecida en el artículo 102 , aparte 2, del Código Orgánico Tributario: “Llevar los libros y registros contables y especiales sin cumplir con las formalidades y condiciones establecidas por las normas correspondientes”. Esta materia se encuentra normada en los artículos 56 de la Ley de Impuesto al valor Agregado y en los artículos, y 70, 72, y 75 de su Reglamento.
En este sentido...
Regístrate para leer el documento completo.