Ley 1306 en colombia
En relación a INOVACION DE INCAPACIDAD, DISCAPACIDAD
CAMBIOS EN EL PROCESO DE JURISDICION VOLUNTARIA.DICTAMEN PERICIAL.
INTERES JURIDICO ECONOMICO.
CURADOR HOY EL DIA ES EL MISMO.
1. TEMA DE LA CONSULTA.
Se consulta sobre quién es la persona legalmente determinada para ejercer la representación legal de las personas con discapacidad mental absoluta que han sidoabandonadas por sus familiares.
2. ANÁLISIS JURÍDICO.
El presente análisis consta de dos partes: la primera se refiere al marco normativo aplicable al caso y la segunda a verificar quién debe ejercer la representación legal de las personas con discapacidad mental absoluta que han sido abandonadas, para concluir que si bien el Defensor de Familia puede actuar como representante legal de una persona condiscapacidad mental absoluta, corresponde legalmente a un Juez de la República declarar su interdicción y designar un curador o guardador, quien tendrá el cuidado de la persona y la administración de sus bienes.
Tanto los Defensores de Familia como el Ministerio Público tienen el deber legal de provocar la interdicción de las personas con discapacidad mental absoluta.
El Defensor de Familia queconozca del caso de una persona con discapacidad mental absoluta debe iniciar el correspondiente proceso de restablecimiento de derechos, puede actuar entretanto como su representante legal e instaurar las acciones judiciales a que haya lugar.
Una vez iniciado el proceso de interdicción, le corresponde al juez citar a quienes puedan ejercer la guarda de la persona con discapacidad mentalabsoluta, determinar la situación de ésta y nombrar al curador, quien tendrá a su cargo el cuidado de la persona y la administración de sus bienes.
De esta manera, a su pregunta, En el evento de personas discapacitadas en absoluto abandono, ¿Quién es la persona encargada de ejercer la representación legal; es decir, la guarda del incapaz?, me permito responder así: el guarda o curador del discapacitadomental absoluto será la persona natural que sea nombrada por una autoridad judicial como resultado del proceso de interdicción que deberán promover las personas señaladas en el artículo 25 de la Ley 1306 de 2009.
1. CONSULTA
El señor XXXXXXXXXXXXX, mediante correo electrónico solicita la siguiente información: "tengo una hija de 9 años con síndrome de Down, quisiera me ilustraran en relación alos derechos que le asisten a ella como menor de edad con discapacidad, a nivel local y nacional, existe alguna normatividad específica con relación a la recreación, salud, etc., igualmente que alcance tiene la ley 1306 de 2009, que derechos le son exigibles".
2. ANÁLISIS JURÍDICO Y CONCLUSIÓN
La Ley 1306 de 2009,[1] tiene por objeto la protección e inclusión social de toda persona natural condiscapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad, la protección de la persona con discapacidad mental y de sus derechos fundamentales será la directriz de interpretación y aplicación de esta norma, estableciendo el régimen de la representación legal de incapaces emancipados, cuyo propósito es asegurar el goce pleno y las condiciones de igualdad detodos los derechos humanos para aquellas personas en situación de discapacidad.
La ley determina en el artículo 3o, que en la protección y garantía de los derechos de las personas con discapacidad mental se deben tomar en cuenta principios para la atención, entre otros la no discriminación por razón de discapacidad, el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas condiscapacidad mental y de su derecho a preservar su identidad, los que se aplicarán con fuerza vinculante, prevaleciendo sobre las demás normas.
Dispone esta ley que las personas con discapacidad mental tendrán los derechos que, en relación con los niños, niñas y adolescentes, consagra el Título I del Código de la Infancia y la Adolescencia -Ley 1098 de 2006- o las normas que lo sustituyan, modifiquen o...
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