Ley de sanción a llamadas malisiosas
Con el fin de controlar el uso indebido de las líneas de telefonía móvil al
acceder a números de emergencia, el Superintendente deTelecomunicaciones,
ingeniero Fabián Jaramillo, remitió a los Presidentes Ejecutivos de las
empresas Operadoras CONECEL S.A. – Porta, OTECEL S.A.- Movistar y
TELECSA S.A. - Alegro, el“Procedimiento para la suspensión de líneas del
Servicio Móvil Avanzado empleadas en el uso indebido del acceso a números
de emergencia”, el cual será aplicado por el Organismo Técnico de Control y
lasmencionadas Operadoras.
Cuando la Superintendencia de Telecomunicaciones - SUPERTEL determine que
un usuario incurre en “uso indebido del servicio”, podrá solicitar a las
operadoras la suspensión del servicio de conformidad con la siguiente
graduación:
* Primera vez: Suspensión Temporal del servicio por 7 días.
* Segunda vez: Suspensión Definitiva del servicio.
Este procedimiento se sustenta en el numeral 5 del Artículo 6 del
Reglamento para otorgar concesiones de los servicios de Telecomunicaciones,
el cual establece: "5. Verificar que sus abonados o usuarios nohagan mal
uso de los servicios que les preste. Si de tal verificación se desprendiese
un uso fraudulento o indebido, pondrá tales hechos en conocimiento del
CONATEL Y la Superintendencia, para que éstos adopten las medidas
necesarias. Cuando no sea posible la intervención inmediata de la
Superintendencia, el concesionario podrá proceder cautelarmente adesconectar de la red cualquier aparato, equipo, dispositivo o sistema que
afecte gravemente o produzca daños graves en sus redes, debiendo dar cuenta
de ello en el plazo máximo de 48 horas al CONATEL y a la
Superintendencia."; y, en los contratos de concesión de Porta, Movistar y
Alegro.
Números de emergencia a verificar:
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