Matrimonio
El Derecho Comparado comodisciplina o método de estudio del derecho se basa en la comparación de las distintas soluciones que ofrecen los diversos ordenamientos jurídicos para los mismos casos planteados, pero en el caso especifico del Tema de esta publicación utilizaremos las técnicas de Derecho Comparado aplicado alas disposiciones sobre Regímenes Matrimoniales contenidas en el Código Civil Dominicano actual y el Proyecto de Código Civil Reformado que se encuentra en el Congreso Nacional. En las Siguientes líneas se esbozan las Semejanzas y diferencias entre ambas Codificaciones, así como las novedades que el legislador está planteando con la Reforma al Código Civil. El Titulo Referente al Contrato deMatrimonio y de los Regímenes Matrimoniales en el Código Civil vigente cuenta con un Total de 193 Artículos que van desde el 1387 al 1580, de los cuales 28 Artículos fueron derogados por las modificaciones hechas a nuestro Código Civil por la Ley 189-01, que modificó el Código Civil Dominicano en cuanto a los Regímenes Matrimoniales. El Proyecto de Código Civil Reformado aborda el tema de los RegímenesMatrimoniales desde los Artículos 1610 al 1729. Las disposiciones generales de ambas codificaciones guardan mucha similitud. Ambas reconocen al régimen de la comunidad como el régimen legal de la República Dominicana. En el Proyecto de Código Civil Reformado se mantiene el principio actual de que la ley sólo rige la sociedad conyugal en cuanto a los bienes, a falta de convenciones especiales quelos cónyuges pueden hacer como lo juzguen conveniente, siempre que no sean contrarias a las buenas costumbres.
En la actualidad los esposos que se casan bajo el régimen de la comunidad pueden variar el Régimen, aunque no especifica un plazo para hacerlo, mientras que el Proyecto de Código Civil establece que después de dos años de aplicación del régimen matrimonial, los cónyuges podránconvenir, en el interés de la familia, en modificarlo. También podrán, por acto notarial, adoptar otro régimen matrimonial. A pena de nulidad, el acto notarial contiene, si se necesita, la liquidación del régimen matrimonial anterior. Las personas que habían sido partes en el contrato modificado y los hijos mayores de edad de cada cónyuge serán informados personalmente de la modificación o la sustitucióndel régimen matrimonial. Cada uno de ellos puede oponerse a la modificación en el plazo de tres meses. El Régimen dotal no se encuentra presente en la Codificación que se pretende aprobar. Novedades La mayor novedad, en cuanto a los Regímenes Matrimoniales, que traerá la Ley Civil pendiente de aprobación en el Congreso es la Capacidad que será dada al cónyuge supérstite de suceder al cónyugefallecido. A continuación citamos el texto que consagrará este derecho, que de seguro traerá muchos conflictos en la constitución de la Partición de los bienes, ante el fallecimiento de uno de los cónyuges. “Los cónyuges pueden estipular que a la disolución del matrimonio por la muerte de uno de ellos, el superviviente tendrá la facultad, según el caso, de adquirir o hacerse atribuir en la particiónciertos bienes personales del fallecido, de conformidad con el valor que ellos tengan al día que sea ejercida esa facultad y con la obligación de dar cuenta de ello a la sucesión.
También puede estipularse que el cónyuge supérstite que ejerce esta facultad podrá exigir a los herederos que le sea concedido en arrendamiento el inmueble en el cual funciona una empresa.”
El proyecto de CódigoCivil Reformado en su Artículo 1613 señala que: “El contrato de matrimonio deberá consignar los bienes sobre los cuales recaerá la facultad estipulada en provecho del cónyuge superviviente. Podrá fijar las bases de evaluación y lasmodalidades de pago, salvo la reducción en provecho de los herederos reservatarios si hay mejora indirecta. Teniendo en cuenta esas cláusulas y a falta de acuerdo entre...
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