organigrama imss
LICENCIATURA EN DERCHO
MATERIA: DERECHO CIVIL I
NOMBRE: ABESITA TOBAL CHALCHI
FATIMA AGUILAR ROSSETI
PROFESOR: LIC. MARITRINIACEVEDO
OBSERVACIONE
La permuta es el intercambio de una cosa por otra, como en la compraventa, de la que es su antecedente histórico de esta definición legal se infiere las característicasprincipales de este contrato: es consensual, pues se entiende celebrado desde el mismo momento en que las partes intervinientes se han obligado a transmitirse las respectivas cosas objeto del contrato esbilateral en cuanto genera obligaciones para ambas partes contratantes es oneroso dada que la prestación de cada una de las partes es debida a la correspondiente contraprestación y es un contratotraslativo del dominio, pues la consumación del mismo mediante la entrega de la cosa supone la transmisión de la propiedad de la cosa permutada.
En estos casos, de conformidad con lo dispuesto en elprecepto transcrito, el contrato de permuta queda resuelto si el per mutante adquirente se presta a devolver la cosa recibida, al tiempo que se encuentra legitimado para no atender al cumplimiento de laobligación que sobre él pesaba a consecuencia de la celebración de la permuta.
CONTRATO DE PERMUTA
En la ciudad de Xalapa del día 27 mes mayo año 2012 se extiende estecontrato de permuta que con fundamento en lo dispuesto en el artículo Art. 1323 del Código Civil para el Estado de Veracruz y con los testigos instrumentales que al final se expresarán, comparecieron poruna parte, por sus propios derechos, los señores JUAN PERALTA JACOME; mexicano por nacimiento e hijo de padres mexicanos, soltero, de 30 años de edad, industrial, originario de esta ciudad, condomicilio en calle mira flores Núm. 1524 sin adeudos fiscales y de la otra parte el C.SAUL CONTRERAS SOLIS mexicano por nacimiento e hijo de padres mexicanos, soltero de 26 años de edad, comerciante,...
Regístrate para leer el documento completo.