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Por la cual reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben ser obligación de los patrones, para velar por laseguridad de sus trabajadores.
Art 1° de acuerdo con la presente resolución todos los empleadores están obligados a organizar y garantizar el programa de salud ocupacional.
Art 2° el programa desalud ocupacional debe planear, organizar, ejecutar y evaluar todas las actividades de medicina, higiene y seguridad, para preservar, mantener y mejorar la salud de los trabajadores.
Art 3° losprogramas de salud ocupacional podrán ser realizados, exclusivamente por la empresa o en conjunto con otras que presten los servicios.
Art 4° el programa de salud ocupacional de las empresas deberádesarrollarse de acuerdo a su actividad económica, tal programa deberá estar firmado por el representante legal de la empresa y el encargado de desarrollarlo.
Art 5°el programa será de funcionamientopermanente y deberá estar constituido por: subprograma de medicina preventiva, de trabajo, de higiene y seguridad industrial.
Art 6°los subprogramas contaran con los servicios del personal que garantice laeficiencia del programa.
Art 7°el programa de salud ocupacional asegurara cobertura a todas las jornadas.
Art 8°los requisitos mínimos de las personas naturales o jurídicas que presenten servicios desalud ocupacional, se acreditaran mediante la respectiva autorización impartida por la autoridad competente y de acuerdo con la legislación vigente.
Art 9°de conformidad con el artículo 34 deldecreto 614 de 1984, la contratación de los servicios de salud ocupacional con una empresa especialmente dedicada a la prestación de este tipo de servicios, no implica en ningún momento, el traslado de lasresponsabilidades del patrono o empleador al contratista.
Art 10° la función de los subprogramas es realizar exámenes médicos para su admisión, para ubicacion segun sus aptitudes, desarrollar...
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