proyecto nacional
El análisis de los deberes jurídicos es uno de los temas capitales en relación a las
situaciones jurídicas subjetivas de desventaja, postergado o raramente tratado por la doctrina
jurídica de todos los tiempos3; a pesar de las numerosas normas existentes, de distinto valor y
fuerza, que incluyen normas aisladas sobre la materia.-
En la especie, el panorama que nos brindael Derecho comparado y el Derecho
internacional es ciertamente desigual. En efecto, en las Constituciones de los diversos países, no existen capítulos referentes a
los deberes, sino tan sólo, normas dispersas e inorgánicas; y respecto de los numerosos textos
internacionales sobre Derechos humanos, sólo la Declaración Americana de Bogotá y la más
reciente Carta Africana de los derechos delhombre y de los pueblos, contienen capítulos
referidos específicamente a los deberes humanos.-
En materia de deberes humanos, se vislumbran importantes discrepancias entre los
doctrinos.-
Algunos sostienen que una Constitución no tiene que hacer una declaración de
deberes, paralela a la declaración de derechos, pues los deberes emergen en la medida en que
el titular del derecho debereconocer el igual derecho de los demás, así como el deber de
comportarse en las relaciones interhumanas con una postura democrática, comprendiendo
que la dignidad del prójimo, debe ser exaltada como la suya propia; y por que en verdad, los
deberes emergentes de la Constitución tienen como destinatarios más al Poder Público y sus
agentes que a los individuos en particular.-4
En el ladoopuesto, otros autores se preguntan si no ha llegado la hora de formular una
verdadera Declaración de los deberes humanos.-5
Los deberes humanos —directa o indirectamente— involucran a la totalidad de los
sujetos de derecho, comprendiendo a los sujetos de derecho, a la colectividad y a las
autoridades.-
En la oportunidad, nos referiremos preferentemente a los deberes atribuibles a lossujetos de derecho, distintos de las autoridades públicas6, y en especial, a los deberes
referidos a los seres humanos.-
Aún en ese reducido campo de observación, cabe advertir que un tratamiento
sistemático de la totalidad de los deberes jurídicos, excedería el ámbito correspondiente a
una obra colectiva, realizada en homenaje al aniversario de las dos más importantes
declaraciones dederechos del siglo XX.-
Los deberes humanos fueron previstos en forma expresa y desigual, primeramente en
la Declaración Americana de Derechos y Deberes Humanos (DADH), y posteriormente, aunque
de manera más escueta y desarticulada, en la Declaración Universal de Derechos Humanos
(DUDH) 7 de 19488, en la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH), así como en los Pactos sobre DerechosHumanos de las Naciones Unidas y en la Convención Americana de
Derechos Humanos (CADH) y sus respectivos protocolos.-
No obstante ello, y atento a esa persistente y desigual realidad normativa, cabe
recordar que la notable influencia de las declaraciones universales y regionales de
derechos y deberes, se manifiesta en diversas circunstancias, por:
a) constituir referentes y resultardesarrolladas por los Pactos internacionales en
materia de Derecho humanos y situaciones afines;
b) su reiterada invocación en resoluciones de Conferencias y de Organismos
internacionales;
c) su mención en los considerandos de numerosos fallos jurisdiccionales
internacionales e internos, constituyendo sólidos precedentes en la aplicación externa e
interna, del ordenamiento jurídicotransnacional;
d) constituir guías para la interpretación y aplicación de las leyes nacionales;
e) ser mencionadas y parcialmente incorporadas en diversas Constituciones internas de
los Estados miembros de las NNUU.-9
En el Derecho constitucional uruguayo, los deberes humanos se incorporaron desde
la Constitución de 1830; manteniéndose y desarrollándose hasta el presente, en las diversas
reformas...
Regístrate para leer el documento completo.